ORDENANZA Nº 10455/2000.
EXPTE.Nº 282/2000-H.C.C.
VISTO:
La solicitud del Sr. Director de Viviendas, Arq. Gustavo Martinelli en el Expte.Nº 282/2000, para buscar una solución al parcelamiento de parte del Programa Gualeguaychú 1000 Viviendas.
CONSIDERANDO:
Los planos de mensura de las Manzanas Nº 27 y 27a de la Planta Urbana y Sección 4º Zona de Quintas - Manzanas 21 -I- y 21 K.
Que si bien algunos lotes de los parcelamientos proyectados en dichas subdivisiones, no cumplen con la superficie mínima requerida por la Ordenanza de subdivisión vigente, es atendible la excepción en virtud del carácter eminentemente social del emprendimiento habitacional.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZASE con carácter de excepción, las subdivisiones propuestas por la Dirección de Viviendas en los planos adjuntos al Expte.Nº 282/2000 -H.C.D, que corresponde a las Manzanas 27 y 27a. de Planta Urbana Sección 2º y 21-I- y 21 K de Zona de Quintas - Sección 4º.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC....
SALA DE SESIONES.
SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 8 DE SEPTIEMBRE DE 2000.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE- VÍCTOR INGOLD, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.