ORDENANZA Nº 10526/2001.-
EXPTE.Nº 391/2001-H.C.D.
VISTO:
La petición obrante en el Expte.Nº 391/2000 para la nominación de la prolongación de la calle Nágera, desde Urquiza al norte.
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad debe proceder a la nominación de calles públicas aún innominadas.
Que si bien en la actualidad la calle en cuestión no tiene prolongación hacia el norte, motivada en que el desarrollo urbano no ha permitido aún la materialización de la cuadrícula urbana en la zona.
Que imponer a la misma el nombre de “Villa del Cerro”, significará un rescate importante de la memoria colectiva de la ciudad, como recuerdo a una denominación tradicional de la zona desde donde comienza la arteria hacia el norte.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- IMPONESE la nominación de “Villa del Cerro” a la calle pública alineada con la calle Nágera, desde calle Urquiza al norte.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 10 DE AGOSTO DE 2001.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.