ORDENANZA NRO.10114/95.-
EXPTE.NRO.9747/95-H.C.D.
VISTO:
La necesidad de actualizar normas municipales que hacen al bien común de la ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que este Honorable Concejo Deliberante, es receptor de distintas inquietudes y sugerencias referidas a
la convivencia en el uso de espacios pu`blicos por nuestros
ciudadanos.
Que han sido una de las preocupaciones de este Cuerpo, atender y flexibilizar normas que resguarden a la atención de personas con discapacidades, apuntando fundamentalmente al afianzamiento integral de nuestra Sociedad.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1.-AUTORIZASE el libre estacionamiento de vehículos especiales para discapacitados motrices, conducidos por sus
titulares en todo el Ejido de la Municipalidad de Gualeguaychú, quedando eximidos del cumplimiento de "NO ESTACIONAMIENTO", establecido por normas municipales, a excepción de las que prevén entrada y/o salida de vehículos.
ART.2.-LA Municipalidad identificará a los vehículos de Personas Discapacitadas, con Obleas Oficiales, que otorga el Instituto Nacional del Discapacitado, para lo cual los titulares de los citados vehículos, deberán retirar del área que el Departamento Ejecutivo determine, con documentación personal y vehícular.
ART.3.-COMUNIQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES, GUALEGUAYCHU, 26 DE JUNIO DE 1995.
RODOLFO GUASTAVINO, PRESIDENTE - SERGIO DELCANTO, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.