Ordenanzas - Convenio para la construcción, equipamiento y operación del Centro I. Comunitario


ORDENANZA Nº 10817/2005.-

EXPTE.Nº 2240/2005-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

            El Convenio para la conformación de los Centros Integradores Comunitarios, y el Convenio de Financiamiento de los materiales para la construcción de los Centros Integradores Comunitarios suscriptos en el marco del Convenio  de Colaboración entre los Ministerios de Salud de la Nación, de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, de Desarrollo Social de la Nación, de Planificación General, Inversión Pública de la Nación y el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que el Plan Nacional de Centros Integradores Comunitarios tiene como objetivo básico la implementación en el territorio nacional de un modelo de gestión pública que implica la integración y coordinación de las políticas de atención primaria de salud y desarrollo social, materializado en la construcción, equipamiento y operación de edificios identificados como Centros Integradores Comunitarios (CIC).

                               Que este Honorable Cuerpo, dada la importancia y envergadura de dicho plan, considera necesaria la aprobación de los convenios antes indicados.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- APRUÉBANSE el Convenio para la construcción, equipamiento y operación del Centro Integrador Comunitario, y el Convenio de Financiamiento de los materiales para la construcción de los Centros Integradores Comunitarios suscriptos en el marco del Convenio de Colaboración entre los Ministerios de Salud de la Nación, de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, de Desarrollo Social de la Nación, de Planificación General, Inversión Pública de la Nación y el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación.

ORDENANZA Nº 10817/2005.-

 

 

ART.2º.- EXÍMASE del pago de tasas y/o sellados municipales a las Cooperativas de Trabajo de Jefas y Jefes de Hogar por su intervención en la construcción del Centro Integrador Comunitario a emplazarse en el Barrio Sagrado Corazón de esta ciudad.

ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC....

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 19 de agosto de 2005.

Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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