ORDENANZA Nº 11310/2009.-
EXPTE.Nº 3682/2009-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 382/09 del Departamento Ejecutivo Caratulado: “ Junta de Gobierno Estación Irazusta s/donación de durmientes y rieles”, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 se presenta el Presidente de la Junta de Fomento de Irazusta, Sr. Angel Saavedra quien solicita la donación de quince durmientes, quince rieles de ferrocarril, y seis columnas de metal de alumbrado público, para destinar a obras de mejoramiento de su ejido urbano.
Que giradas las actuaciones a la Secretaría de Servicios Públicos y Obras Públicas, esta informa que cuenta con la cantidad solicitada de rieles y durmientes, pero no así con columnas de alumbrado.
Que si bien se tratan de bienes de escasa trascendencia económica, de acuerdo a lo previsto en el Art. 11, Ap. 7º Inc. C de la Ley Orgánica de Municipios Nº 3001, es el Honorable Concejo Deliberante quien resuelve la enajenación de bienes o valores de propiedad municipal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- ENTREGAR en carácter de donación a la Junta de Fomento de Irazusta, en la persona de su Presidente Sr. Angel Saavedra, D.N.I. Nº 10.922.536, la cantidad de quince rieles de ferrocarril, y quince durmientes de ferrocarril para ser utilizados en obras de mejoramiento del ejido urbano de dicha comuna.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 29 de octubre de 2009.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Celia Amarillo, Secretaria Interina.
Es copia fiel que, Certifico.