Ordenanzas - Presupuesto 2019


ORDENANZA Nº 12.264/2018.

EXPTE.Nº 6265/2018-H.C.D.

VISTO:

         Que la Ley 10.027 en su artículo 146º, establece la obligatoriedad de elevar al Honorable Concejo Deliberante, anualmente, el Proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, a efectos del tratamiento y posterior sanción de la Ordenanza de Presupuesto para que la Administración Pública Municipal pueda ejecutar la percepción de los recursos, y la aplicación de los mismos a los gastos que sean necesarios para el cumplimiento de las distintas políticas y programas.

CONSIDERANDO:

         Que el proyecto final que presentamos, consta del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 2019, el que asciende a la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 1.440.944.000,00), importe que desagregado en sus distintos conceptos, se puede apreciar en los cuadros que se adjuntan a la presente.

         Que del ciento por ciento de los recursos, el 99,77% corresponde a Ingresos Corrientes, y el 0.23% corresponde a Ingresos de Capital.

         Que del total del Presupuesto se proyecta gastar un 55.16% en Personal, un 12.19% de Bienes de Consumo, un 20.82 % en Servicios no Personales, un 4.49% en Transferencias, el 2.45% en Bienes de Uso; el 4.89% en Deuda Flotante, Amortización e Intereses y Gastos de la Deuda.

         Que el total de la Inversión Real – Bienes de Uso más Trabajos Públicos – en el presente asciende al 9.48% del presupuesto anual.

POR ELLO:

         EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ART.1º.- FIJASE el Cálculo de Recursos para el ejercicio fiscal año 2019, en la suma total de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL  ($1.440.944.000,00) distribuidos de conformidad a los siguientes artículos.

ART.2º.- FIJASE el Rubro Ingresos Tributarios del Cálculo de Recursos, para el ejercicio fiscal año 2019, en la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL ($ 672.188.000,00).

ART.3º.- FIJASE el Rubro Ingresos No Tributarios del Cálculo de Recursos año 2019, en la suma de PESOS SETECIENTOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL ($706.291.000,00).

ART.4º.- FIJASE el Rubro Recursos por Venta de Bienes y Servicios del Cálculo de Recursos año 2019, en la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 4.772.000,00).

ART.5º.- FIJASE el Rubro Rentas de la Propiedad del Cálculo de Recursos año 2019, en la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL (52.365.000,00).

ART.6º.- FIJASE el Rubro Transferencias Corrientes del Cálculo de Recursos año 2019 en la suma de PESOS DOS MILLONES CINCUENTA MIL ($ 2.050.000,00).

ART.7º.- FIJASE el Rubro Recursos Propios de Capital del Cálculo de Recursos año 2019 en la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL                       ($ 99.000,00).

ART.8.- FIJASE el Rubro Contribución por Mejoras y Recupero de préstamos del Cálculo de Recursos año 2019 en la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL ($3.179.000,00).

ART.9º.- FIJASE el total de erogaciones del Presupuesto General de Gastos de esta Municipalidad para el ejercicio fiscal año 2019, en la suma de UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($1.440.944.000,00) distribuidos de conformidad a los artículos siguientes y cuadros que forman parte de la presente Ordenanza.

ART.10º.- FIJASE la partida de Personal para el ejercicio fiscal año 2019 en la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL ($ 794.826.000,00).

ART.11º.- FIJASE para la Partida Bienes de Consumo, para el ejercicio fiscal año 2019, la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL ($175.651.000,00).

ART.12º.- FIJASE para la Partida Servicios no Personales, para el ejercicio fiscal año 2019, la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL                                ($ 299.948.000,00).

ART.13º.- FIJASE para la Partida Transferencias, para el ejercicio fiscal año 2019, la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL (64.746.000,00).

ART.14º.- FIJASE para la Partida Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos, para el ejercicio fiscal año 2019, la suma de PESOS SETENTA MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL ($ 70.509.000,00).

ART.15º.- FIJASE la Partida de Bienes de Uso para el ejercicio fiscal año 2019, en la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL ($ 35.264.000,00).

ART.16º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar los totales de sus erogaciones, plantas de cargos, fijados en sus respectivos ámbitos, según los detalles de las planillas anexas, mediante transferencias compensatorias de créditos y cargos que aseguren en todo momento el equilibrio preventivo que se proyecta en el balance presupuestario que surge de las planillas adjuntas que forman parte de la presente.

ART.17º.- LAS modificaciones que se dispongan de acuerdo a lo expresado en el artículo anterior, deberán tender a mantener el equilibrio presupuestario,  pudiendo en casos justificados, modificar la participación relativa que integran las distintas finalidades del gasto en las planillas anexas.

ART.18º.- TODAS las modificaciones de las Partidas Presupuestarias que se dispongan en uso de las facultades otorgadas por el Art.17º de la presente, deberán tener la intervención previa de la Secretaría de Hacienda, realizándose de acuerdo a procedimientos y técnicas administrativo contable que aseguren el manejo ordenado de la administración presupuestaria del Gobierno Municipal, y la Contabilidad Central, y deberán ser comunicadas al Honorable Concejo Deliberante.                                      

ART.19º.- FIJASE el cargo total de Personal Municipal en 1.293 agentes, discriminados de la siguiente forma: 878 Agentes en Planta Permanente, 277 en Planta Contratada, 86 Cargos Políticos, Pasantes 17 y Guardavidas 35.

ART.20º.- EL Departamento Ejecutivo Municipal, deberá proceder a desagregar internamente las partidas de erogaciones y cargos que se establecen en las planillas adjuntas.

ART.21º.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 5 de diciembre de 2018.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

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