ORDENANZA Nº 11878/2014.
EXPTE.Nº 5244/2014.H.C.D.
VISTO:
El Decreto Ad Referéndum Nro.2437/2013, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.
CONSIDERANDO:
Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 2437/2013 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 5 de junio de 2014.
Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.
Departamento Ejecutivo
DECRETO Nº 2437/2013.
SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 20 de noviembre de 2013.
VISTO: La Ordenanza Nº 11.751/12 que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2013; y
CONSIDERANDO:
Que la operatoria de las distintas áreas hace necesaria efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.
Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,
EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ
AD REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no Personales a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) dentro la Apertura Programática 43.00.00 Obras Especiales de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos.
ARTÍCULO 2º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no Personales a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) dentro la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Municipal.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.
GUILLERMO DANIEL ACUÑA JUAN JOSE BAHILLO
Secretario de Economía y Hacienda Presidente Municipal
a/c. Secretaría Jefatura de Gabinete
y Gobierno