Ordenanzas - Donación de terreno Sr Gutierrez


ORDENANZA N°11493/2010.

EXPTE.Nº 4070/2010-H.C.D.

 

 

VISTO:

          El Expediente Nº 4444/07 caratulado: “DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES S/ LEY 24.320 TÍTULO DE INMUEBLE EN MANZANA 19 PARCELA 11” tramitado en el marco del “PROGRAMA MEJORAMIENTO DE BARRIOS” auspiciado por la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación -Subsecretaría de Vivienda-.

 

CONSIDERANDO:

                  Que este programa está contenido en el PLAN DE DESARROLLO URBANO, y se lleva a cabo como parte del proyecto de recuperación de áreas deprimidas insertas en la estructura urbana, que tienen la particularidad de estar próximas a zonas de interés turístico-recreativo.

                 Que esta Municipalidad ha accedido a dicho programa mediante la firma de un convenio “Provincia-Municipio”, el cual fue precedido por un plan de mejoramiento que abarca un sector de los barrios Pueblo Nuevo y Munilla.

                         Que uno de los objetivos del Programa consiste en lograr la interacción y compromiso de los diferentes sectores de la comunidad, en la inclusión de los grupos socialmente excluidos.

                Que este proyecto permitirá la implementación de diversos mecanismos de recuperación en el plano social, físico y ambiental, posibilitando la integración  de los sectores más débiles a la comunidad, positivamente, a partir de sus propias organizaciones.

                         Que de acuerdo a disposiciones establecidas en el propio Reglamento Operativo del Programa, las obras, bienes o servicios específicos que se realicen con financiamiento del mismo, son de carácter integrado, entendiéndose como tal las actividades que operan en diferentes campos en forma articulada y concurrente a una misma finalidad, cual es mejorar la calidad de vida de la población beneficiaria con eficacia y eficiencia, garantizando la sustentabilidad del proyecto.

                        Que dentro de los “Objetivos y Descripción del Programa” se encuentra el ítem “Acciones de intervención legal dirigidas a los beneficiarios”, la cual comprende la asistencia técnico legal para la legalización del dominio de la tierra, es decir, para la resolución de los posibles conflictos legales derivados del trámite de regularización dominial de las parcelas, recomendando que se lleven a cabo las medidas necesarias para su solución.

              Que en este sentido, la Dirección de Asuntos Legales,  autorizada por Decreto 853/00, inició las acciones tendientes a posibilitar la regularización dominial de varios lotes comprendidos en la

ORDENANZA Nº 11493/2010.-

 

zona de intervención correspondiente al barrio Pueblo Nuevo, por aplicación del procedimiento previsto en la Ley Nacional Nº 24.320, que autoriza a declarar operada la prescripción adquisitiva del dominio a favor de los Municipios, conforme lo dispuesto en el artículo 4015 del Código Civil.

           Que a dichos efectos se dio inicio al presente expediente administrativo y mediante Decreto Nº 511/10 se declaró operada la prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Gualeguaychú del inmueble individualizado en Planta Urbana, Sección Primera, Manzana Nº 599, con una superficie de 245,69 m2, y domicilio parcelario en calle Tres de Febrero y Goldaracena s/nº, plano nº 77.392, Partida Nº 151.666 cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) alambrada y amojonada hasta los 0,35 m y el resto edificada, al N 8º 28´E de 10,30 m, linda con Sebastián Iregui.  ESTE:  Recta (2-3) alambrada y amojonada hasta los 13,10 m y el resto edificada, al S 5º 44´E de 23,80 m en total, lindando con Ramón Alberto Ponce. SUR: Recta (3-4) amojonada al S 85º 22´O de 10,27 m, linda con calle Goldaracena y OESTE: Recta (4-1) amojonada hasta los 13,65 m y el resto alambrada y amojonada, al N 5º 48´O de 24,00 m, linda con calle Tres de Febrero.

        Que posteriormente el bien fue inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de la Municipalidad de Gualeguaychú, en fecha 18 de junio de 2010,  bajo Matrícula Nº 139.915.

        Que asimismo, en el predio descripto existe una tenencia de larga data, la cual  se intenta regularizar a través de las acciones previstas en el Plan de Mejoramiento de Barrios (PRO.ME.BA), adjudicándolo mediante donación a quien lo ha ocupado, el Señor  Juan Domingo GUTIERREZ, DNI Nº 4.992.452, quien reconoce la posesión de esta Municipalidad.

        Que según lo dispuesto por el artículo 11º, punto 7, inc. c) de la Ley 3001, surge necesario el dictado del acto administrativo que autorice al Departamento Ejecutivo a otorgar la correspondiente escritura traslativa de dominio.

        Que según  informe elaborado por la Secretaría de Desarrollo Social  procede declarar de Interés Social la escrituración de dicho predio, adhiriendo al sistema de reducción de honorarios de carácter promocional implementado mediante convenio de fecha 12 de abril de 1986 por entre el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y el Colegio de Escribanos, al cual adhiere esta Comuna a través del  Decreto Nº. 173/92.

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 11493/2010.-

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a adjudicar en carácter de donación el predio de propiedad municipal ubicado en Planta Urbana, Sección Primera, Manzana Nº 599, con una superficie de 245,69 m2, y domicilio parcelario en calle Tres de Febrero y Goldaracena s/nº, plano nº 77.392, Partida Nº 151.666 cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) alambrada y amojonada hasta los 0,35 m y el resto edificada, al N 8º 28´E de 10,30 m, linda con Sebastián Iregui.  ESTE:  Recta (2-3) alambrada y amojonada hasta los 13,10 m y el resto edificada, al S 5º 44´E de 23,80 m en total, lindando con Ramón Alberto Ponce. SUR: Recta (3-4) amojonada al S 85º 22´O de 10,27 m, linda con calle Goldaracena y OESTE: Recta (4-1) amojonada hasta los 13,65 m y el resto alambrada y amojonada, al N 5º 48´O de 24,00 m, linda con calle Tres de Febrero, inscripto en el Registro de la Propiedad   bajo Matrícula nº  139.915.

ART.2º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar la correspondiente escritura traslativa de dominio del inmueble que se describe en el artículo precedente a favor del Señor Juan Domingo GUTIERREZ, DNI Nº 4.992.452.             

ART.3º.- DECLARAR la presente escrituración, a favor del Sr. Juan Domingo GUTIERREZ, de Interés Social adhiriendo al Convenio suscripto por el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Entre Ríos en fecha 16 de abril de 1986.

ART.4º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 23 de septiembre de 2010.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Celia Amarillo, a/c Secretaría.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

  

 

 

 

          

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