ORDENANZA Nº 11478/2010.-
EXPTE.Nº 4042/2010-H.C.D.
VISTO:
La Ordenanza Nº 11327/2009, el Decreto Nacional Nº 206/09, por medio del cual se crea el Fondo Federal Solidario, y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 11327/2009 el Honorable Concejo Deliberante aprobó el cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 2010.
Que el Art.1º del Decreto Nacional Nº 206/09 establece que los recursos del Fondo Federal Solidario, tendrá como finalidad, financiar obras que contribuyan a mejorar la infraestructura sanitaria, hospitalaria, de vivienda o vial, en ámbitos urbanos o rurales del territorio provincial, y que la presente modificación esta en un todo con dicha finalidad.
Que a la fecha ha habido una sobre ejecución en la Recaudación del Rubro Coparticipación Fondo Solidario Federal establecida en el Cálculo de Recursos para el presente año, según Ordenanza Nº 11327/2009.
Que ello hace necesario la ampliación de los Recursos y Gastos para el Presupuesto 2010 en vigencia.
Que esta ampliación asegura el equilibrio preventivo en el Balance Presupuestario para el Ejercicio 2010.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.-AMPLIESE el Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2010 en el Rubro 11.4.04.00 Coparticipación Fondo Solidario Federal, recurso de Origen Nacional Afectado, en la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000,00).
ART.2º.- AMPLIESE el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2010, con Fuente de Financiamiento Provincial 133, de Jurisdicción 1110108000 TRABAJOS PUBLICOS, creándose Apertura Programática 50.00.0 Fondo Federal Solidario en la Partida Gastos en Personal la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000,00); en la Apertura Programática 40.76.00 – Pavimento por Contribución de Mejoras en la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000,00.-) y
ORDENANZA Nº 11478/2010.-
en la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00.-); en la Apertura Programática 41.51.00 Planta Potabilizadora en la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00) y en la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS CIEN MIL
($ 100.000,00); en la Apertura Programática 41.79.00 – Agua y Cloaca en la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) y en la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00); en la Apertura Programática 43.83.00 – Paseos Públicos en la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00) y en la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00).
ART.3º.- EJECUTESE por Secretaría de Economía y Hacienda en el sistema de Presupuesto, las modificaciones dispuestas por la presente Ordenanza.
ART.4º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 26 de agosto de 2010.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Mariano Rodríguez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.