Ordenanzas - ECOPARQUE GUALEGUAYCHÚ


ORDENANZA Nº 12.237/2018.

EXPTE.Nº 6239/2018-H.C.D.

 

VISTO:

           La Ordenanza Nº 12.212/2018 que autorizó un incremento de la Tasa General Inmobiliaria fijada por la Ordenanza General Impositiva Nº 10.446/2000 y sus modificatorias, para incorporar al cobro de los servicios prestados a los contribuyentes titulares de inmuebles urbanos realizado por el Ecoparque, correspondiente al tratamiento final de los residuos, y

 

CONSIDERANDO:

 

  • la Municipalidad de San José de Gualeguaychú realizó la construcción del Predio “ECOPARQUE GUALEGUAYCHÚ”, que cuenta con una planta de diecinueve (19) empleados entre puestos de encargados, balanza, mantenimiento, maquinistas y la cooperativa de trabajo que maneja la planta de separación de residuos, correspondiente al tratamiento final de los mismos.

Que la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación sugirió la incorporación de una “Tasa GIRSU Municipal”, para el financiamiento del “ECOPARQUE GUALEGUAYCHÚ”.

Que en razón de ello se realizaron modificaciones a la Ordenanza General Impositiva y modificar el Código Tributario Municipal para incorporar el concepto de Tasa de “Tratamiento y Disposición Final de Residuos de Origen Domiciliario”. La Tasa General Inmobiliaria incorporó el costo del servicio de tratamiento y disposición final de los residuos de origen domiciliario, mediante la Ordenanza Nº 12.212/2018.

Que al no encontrarse incluidos con anterioridad dentro de los servicios que prestaba el Municipio, al momento de realizar el Presupuesto correspondiente al corriente año, no fueron estimadas variaciones que se generan a partir de la sanción de dicha normativa.

Que por los motivos expresados corresponde una modificación presupuestaria, determinando una ampliación del Cálculo de Recursos del Presupuesto 2018 y una modificación de los Gastos del corriente ejercicio fiscal, como consecuencia de la prestación del servicio del tratamiento final de los residuos, a fin de poder asegurar el cumplimiento del servicio público incorporado.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

 

 

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1°.- INCREMÉNTESE el Cálculo de Recursos, fijado por la Ordenanza Nº 12.181/2017 y modificatorias correspondiente al ejercicio fiscal año 2018, en el rubro 12.1.01.01 Tasa General Inmobiliaria del ejercicio, en la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 4.200.000,00).

ARTÍCULO 2º.- INCREMÉNTESE el Presupuesto de Gastos fijado por la Ordenanza Nº 12.181/2017 y modificatorias correspondiente al ejercicio fiscal año 2018, en la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social; Dependencia: Dirección de Medio Ambiente, Ecoparque; Fuente de Financiación 110 Tesoro Municipal., Categoría Programática 33.02.00 Dirección de Medio Ambiente, Ecoparque; el inciso 2.0.0.0 Bienes de Consumo la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($ 840.000,00); el inciso 3.0.0.0 en la suma PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL ($ 2.814.000,00); y el inciso 4.0.0.0 Bienes de Uso en la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 546.000,00).

ARTÍCULO 3º.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 28 de agosto de 2018.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

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