Ordenanzas - Donación de calle


         ORDENANZA Nº12522/2021.

EXPTE.Nº6841/2021-H.C.D.

 

VISTO:            

El Expediente Nº 925/2021, caratulado: “TIMONI FABIO DANIEL (21663500) S/ DONACIÓN DE CALLE”; y

 CONSIDERANDO:

Que han comparecido a la Dirección Legal y Técnica, el Señor Fabio Daniel TIMONI, DNI Nº 21.663.500, CUIT Nº 20-21663500-1, con domicilio en calle Maipú Nº 966 de esta ciudad y la Señora María Alejandra CAMEJO, DNI Nº 20.298.208, CUIT Nº 27-20298208-0, ambos de estado civil divorciados entre sí -conforme copia fiel del fallo dictado en fecha 31 de marzo del año 2010 por el Juez de Familia, Doctor Héctor Domingo Vasallo, adjunto a las presentes actuaciones-, en su carácter de propietarios en el cincuenta por ciento (50%) cada uno del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Matrícula Nº 124.442 en fecha 01/06/2005, a manifestar su voluntad de donar a la Municipalidad de San José de Gualeguaychú una fracción de inmueble que se desglosa del mismo cuyos datos catastrales son: PLANO Nº 96.249, sito en Departamento y Municipio de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 6º, Manzana Nº 184 A, domicilio parcelario en calle Madame María S. Curie S/N (distancia esquina Ituzaingó 9,05m), con una superficie de 158,65 metros cuadrados cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) al N 87º 54’ E de 13,00 metros lindando con calle Madame Curie (Tierra). ESTE: Recta (2-7) al S 1º 40’ E de 12,20 metros, lindando con el lote 1 de subdivisión de Fabio Daniel Timoni y Otra. SUR: Recta (7-8) al S 87º 54’ O de 13,00 metros, lindando con calle Madame Curie (Tierra) propiedad de Eduardo Moyano. OESTE: Recta (8-1) al N 1º 42’ O de 12,20 metros, lindando con María Sack de Da Silva Ribeiro, para ser afectada a la apertura de calle pública. 

Que a fs. 19/20 se adjuntan dos (2) Convenios de Donación suscriptos por los Señores TIMONI y CAMEJO, donde manifiestan su voluntad de donar dicha propiedad a favor de este municipio a los fines mencionados en el párrafo precedente.

         Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 95º inciso r) de la Ley Nº 10.0827, modificatoria de la Ley Nº 10.027, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para que acepte la donación del inmueble descripto, a efectos que sea destinado a la apertura de calle pública.

 

POR ELLO:

                   EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la donación del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Matrícula Nº 124.442 en fecha 01/06/2005, cuyos datos catastrales son: PLANO Nº 96.249, sito en Departamento y Municipio de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 6º, Manzana Nº 184 A, domicilio parcelario en calle Madame María S. Curie S/N (distancia esquina Ituzaingó 9,05m), con una superficie de 158,65 metros cuadrados cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) al N 87º 54’ E de 13,00 metros lindando con calle Madame Curie (Tierra). ESTE: Recta (2-7) al S 1º 40’ E de 12,20 metros, lindando con el lote 1 de subdivisión de Fabio Daniel Timoni y Otra. SUR: Recta (7-8) al S 87º 54’ O de 13,00 metros, lindando con calle Madame Curie (Tierra) propiedad de Eduardo Moyano. OESTE: Recta (8-1) al N 1º 42’ O de 12,20 metros, lindando con María Sack de Da Silva Ribeiro, para ser afectada a la apertura de calle pública.

ARTÍCULO 2°.- Oportunamente desígnese escribano de lista para los trámites de inscripción a favor de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú.

ARTÍCULO 3°.-°: COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 11 de Junio de 2021.

Lorena Arrozogaray, Presidente – Jorge Cuenca, Secretario.-

 

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