ORDENANZA NRO.10168/96.-
EXPTE.NRO.9966/96-H.C.D.
VISTO:
El Expte.Nro.350/94, Caratulado :" Club Telefónico
s/renovación de concesio`n".
CONSIDERANDO:
Que al como surge de lo previsto en la Ordenanza
Nro.7375/74, esta Comuna ha otorgado al Sindicato de Empleados Telefónicos, la concesión de un predio del dominio público local, por un plazo de cinco (5) años el que en la actualidad se halla absolutamente vencido.
Que la Ordenanza Nro. 5074, que regula en lo pertinente la concesión de terrenos municipales establece en su Art.17, la necesidad de que dicha caducidad sea instrumentada a través de una resolución del Honorable Concejo Deliberante.
Que en virtud de ello el Departamento Ejecutivo eleva las actuaciones tramitadas hasta la fecha así como el Decreto Nro.14/96, por el cual se considera vencido el plazo de concesión para que sea debidamente ratificado por e`ste Alto Cuerpo.
Que en el entendimiento de que existe una conveniencia cierta y concreta acerca de que dicho terreno sea recuperado para afectarlo a otros fines que redunden en un mayor beneficio a la Comunidad toda, es que se cree adecuado ratificar el Decreto Nro.14/96, asi` como lo actuado por el Departamento Ejecutivo en el Expediente Nro.350/94.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1.-DECLARASE vencido el plazo de concesión de uso de predio otorgado al Sindicato de Empleados Telefónicos, mediante Ordenanza Nro.7375/74.
ART.2.-COMUNIQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES, GUALEGUAYCHU, 8 DE MARZO DE 1996.
JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.