ORDENANZA Nº 11205/2008.-
EXPTE.Nº 3247/2008-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 3247/08, Caratulado: “ Nota presentada por Supervisión Gualeguaychú – Mutual de Servicios Sociales, solicitando cancelación de facturas pendientes de pagos”, y
CONSIDERANDO:
Que la materia referente a las compras municipales está regulada por la Ley 3001 y por Ordenanza Nº 10828/05.
Que también se sancionó la Ordenanza de Contabilidad bajo el Nº 10854/05.
Que por Ley Nº 9728/ del 26 de julio de 2006, se reforma la Ley Nº 3001 del 29 de noviembre de 1935, que actualiza la normativa anteriormente citada, atendiendo la operatividad que requieren estos tiempos y que reafirma la fundamentación del expediente considerado.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZAR la cancelación de las siguientes factura pendiente de pago referidas en el expediente Nº 3247/08, del Honorable Concejo Deliberante, Fac. “C” 0020-00100283 de fecha 19/09/07 por la suma de $ 55,17.-; Fac. “C” Nº 0020-00100855 de fecha 24/09/07 por la suma de $ 31,96.- Fac. “C” Nº 0020-00100963 de fecha 25/09/07 por la suma de $ 33,53.- Fac. “C” Nº 0020-00099619 de fecha 13/09/07 por la suma de $ 24,04.- e impútense las mismas a la partida presupuestaria que corresponda.
ART.2º.- Comuníquese, etc….
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 23 de diciembre de 2008.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.