ORDENANZA Nº11052/2007.-
EXPTE.Nº2949/2007-H.C.D.
VISTO:
La Ordenanza Nº 10999/2007 dictada en Expediente Nº 2236/07, Caratulado: “ Dirección de Asuntos Legales s/devolución terreno A.T.E ”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la referida Ordenanza, este Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a donar gratuitamente a la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.) Seccional Gualeguaychú, una fracción de terreno que forma parte de mayor superficie inscripta en el Registro de la Propiedad a nombre de esta Municipalidad de Gualeguaychú, bajo Matrícula 135.473 cuyos demás datos catastrales son: sito en ciudad de Gualeguaychú, Sección 7º, Zona de Quintas, Manzana 2.049 con una superficie de 1 ha 77 as 72 ca, cuyos límites y linderos son: Norte: linda con Cañada de María Gómez. Este: linda según recta (Cañada 6) al S 5º 55´E de 92,70 metros con calle Cecilia Grierson. Sur: Linda según recta (6-7) al S 86º 18´O de 108,90 metros con Municipalidad de Gualeguaychú y Oeste: Linda según recta (7 Cañada) al N 3º 42´de 236,55 metros con Municipalidad de Gualeguaychú.
Que dicho terreno iba a ser utilizado como espacio de reserva de A.T.E en el barrio a construirse “Germán Abdala”.
Que según información suministrada por el Area Vivienda que obra a fs.16, por problemas referidos al escurrimiento de las aguas de lluvia en la parcela Nº1 (denominada manzana Nº1) del loteo, fue necesaria la rectificación del Proyecto original, y la ocupación de parte de ese terreno para diez parcelas fracciones.
Que todas las razones esgrimidas fueron consensuadas con A.T.E – Seccional Gualeguaychú, por lo que deviene procedente dejar sin efecto la Ordenanza Nº 10999/07
ORDENANZA Nº11052/2007.-
que autoriza la donación, y fecho lo expuesto pasar las actuaciones a la Dirección de Planeamiento, para que se realicen las mensuras correspondientes a la rectificación del proyecto original del Barrio A.T.E denominado “Germán Abdala”.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- DEJAR sin efecto lo dispuesto por Ordenanza Nº 10999/2007.
ART.2º.- COMUNIQUESE,ETC....
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 4 de octubre de 2007.
Héctor de la Fuente, Presidente –Gerardo Sánchez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.