ORDENANZA Nº 12.177/2017.
EXPTE.Nº 6085/2017-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 6085/2017, Caratulado: “Nota presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal elevando convenio de cesión de uso de espacio público para la realización de obra: “Red Cloacal Polo Educativo – Gualeguaychú”. Y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fs.1, el Señor Presidente Municipal, solicita a este Cuerpo, el tratamiento para su aprobación, del Convenio de cesión de uso de espacio público celebrado entre el Municipio y la Dirección Provincial de Obras Sanitarias.
Que dicho convenio, se celebra a los fines de determinar la libre disponibilidad del espacio público detallado en dicha documental para la realización de la obra “Red Cloacal Polo Educativo Gualeguaychú”.
Que dicho requerimiento, es manifestado por el Director General de Obras Sanitarias de la Provincia de Entre Ríos, Ing. Sergio Raúl Pascual, en la nota obrante a fs.2.
Que a fs.3, se anexa el convenio suscripto por el Ing. Pascual y el Dr. Esteban Martín Piaggio.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo.1º.- APRÚEBESE el convenio de cesión de uso de espacio público de fecha 6 de noviembre de 2017, obrante a fs.3, celebrado entre la Dirección Provincial de Obras Sanitarias, representada por el Ing. Sergio Raúl Pascual y la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, representada por el Sr. Presidente Municipal, Esteban Martín Piaggio, para la realización de la obra: “Red Cloacal Polo Educativo Gualeguaychú”.
Artículo.2º.- DISPÓNGASE que la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, deberá realizar un seguimiento y control del avance de la obra interesada.
Artículo.3º.- REMÍTASE copia de la presente Ordenanza a la Dirección de Obras Sanitarias de la Provincia de Entre Ríos y al Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo.4º.- COMUNÍQUESE, publíquese y archívese.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 5 de diciembre de 2017.
Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.