ORDENANZA Nº 10793/2005.
EXPTE.Nº 2178/2005-H.C.D.
VISTO:
La Ordenanza Nº 10714/2004, dictada en el marco del “Programa Mejoramiento de Barrios”, auspiciado por la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación – Subsecretaría de Vivienda en el Expte. administrativo Nº 3175/04, Caratulado: “Dirección de Asuntos Legales s/PRO.ME.BA – ESCRITURACION MANZANA 8ª Y 8 “B”.
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha Ordenanza este Honorable Concejo Deliberante, autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal, la subdivisión de inmueble de propiedad municipal, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Tomo 69, Folio 504 sito en Planta Urbana, Sección Primera, Manzana 708, de acuerdo al proyecto presentado por la Subsecretaría de Planeamiento.
Que de acuerdo a las constancias de Título de Propiedad que obra anexo a este Expte., los datos de la inscripción del inmueble de marras en el Registro de la Propiedad Inmueble son: Tomo 79, Folio 504, Sección Dominio Urbano, con lo cual se verifica que se ha deslizado un error involuntario al consignar el Nº Tomo – erróneamente se expresó “69” – en la Ordenanza Nº 10714/04.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- RECTIFÍQUESE el Art.1º de la Ordenanza Nº 10714/2004, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Art.1º.- AUTORIZAR la subdivisión del inmueble de propiedad municipal, inscripto en el Registro de la Propiedad, bajo Tomo 79, Folio 504, sito en Planta Urbana, Sección
ORDENANZA Nº 10793/2005.-
Primera, Manzana 708, de acuerdo al proyecto presentado por la Subsecretaría de Planeamiento.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 1º de julio de 2005.
Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.