Ordenanzas - ORDENANZA Nº 12.184/2017


ORDENANZA Nº 12.184/2017.

EXPTE.Nº 6106/2017-H.C.D.

VISTO:

El Decreto Ad Referéndum Nro. 1638/2017, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

CONSIDERANDO:

Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 1638/2017 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 13 de diciembre de 2017.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº 1638/2017

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 3 de julio de 2017

 

            VISTO: La Ordenanza Nº 12.074/2016 que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2017; y

            CONSIDERANDO:

            Que se ha registrado el ingreso Programa Nacional de Educación, Cultura y Comunicación Comunitarias de Personas Mayores - Bien Activos para promover el acceso a la actividad física y recreativa de las personas mayores.

            Que al cierre del ejercicio 2016 quedaron recursos afectados sin invertir, los que se encontraban depositados en sus respectivas cuentas bancarias, formando parte de las disponibilidades iniciales, y correspondientes al programa “Ingresos por Atención Plan Nacer”.

            Que al cierre del ejercicio 2016 quedaron en las Disponibilidades iniciales, fondos correspondientes al Resultado del Ejercicio, lo que permite la ampliación presupuestaria pertinente a fin de continuar con las obras que se encuentran en ejecución y la prestación de servicios esenciales.

            Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

            Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERÉNDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 172000 Transferencias Corrientes de la Administración Nacional– 17.2.01.14 Programa Federal Educación, Cultura y Comun. Personas Mayores en la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 24.600,00).

ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS ($ 18.600,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) dentro de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 3º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 46.000,00), provenientes de recursos no invertidos del programa Ingresos por atención Plan Nacer.

ARTÍCULO 4º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 46.000,00) de la Apertura Programática 27.00.00Equipo de Salud Comunitaria de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Fina 35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL ($ 11.597.000,00), provenientes de rentas generales.

ARTÍCULO 6º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando dentro de la dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno, dentro de la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Inspección General la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00); dentro de la Apertura Programática20.00.00 Dirección de Asuntos Legales la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS VEINTISEIS MIL ($ 26.000,00); dentro de la Apertura Programática 22.00.00 Dirección de Informática y Nuevas Tecnologías, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL ($ 876.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda y de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Rentas, la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00);dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 355.000,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000,00), la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCO MIL ($ 405.000,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($ 440.000,00); dentro de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL ($ 267.000,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL ($ 147.000,00), la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL ($ 374.000,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y UN MIL ($ 181.000,00); dentro de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CURENTA Y CINCO MIL ($ 45.000,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DOCE MIL CUATROCIENTOS ($ 12.400,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL ($ 168.000,00); dentro de la Apertura Programática 30.00.00 Dirección de Cultura, la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000,00); dentro de la Apertura Programática 31.00.00 Dirección de Deportes, la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000,00); dentro de la Apertura Programática 33.00.00 Dirección de Medio Ambiente, la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL ($ 139.000,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS TRESCIENTOS DOS MIL ($ 302.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos y de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS ($ 1.220.500,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL CIEN ($ 1.761.100,00); dentro de la Apertura Programática 51.00.00 Obras Hídricas y Saneamiento, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS ($ 142.300,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIEN ($ 985.100,00); dentro de la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas, la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96.000,00); dentro de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIEN ($ 596.100,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS ($ 1.780.500,00); dentro de la Apertura Programática 55.00.00 Plan Más Cerca, Más Municipio Mejor País, Más Patria, la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL ($ 697.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat y de la Apertura Programática 43.00.00 Dirección de Viviendas la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL ($ 168.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL ($ 97.000,00) y dentro de la Apertura Programática 47.00.00 Dirección de Educación Popular la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000,00).

ARTÍCULO 7º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Economía y Hacienda y de la partida Bienes de Uso, la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Hacienda a la Apertura Programática 23.00.00 Contaduría General.

ARTÍCULO 8º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo.

ARTÍCULO 9º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana, de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00); dentro de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales de la partida  Bienes de Uso a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.700,00) y de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CIEN ($ 145.100,00); dentro de la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales a la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA MIL ($ 270.000,00) y a la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96.000,00).

ARTÍCULO 10º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS CATORCE MIL DOSCIENTOS ($ 14.200,00); dentro de la partida Servicios no Personales la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 52.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos a la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento; dentro de la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($ 32.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Bienes de Uso; dentro de la Apertura Programática 39.00.00 Dirección de Electrotecnia la suma de PESOS VEINTITRES MIL ($ 23.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 11º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110116000 Participación Ciudadana y de la Apertura Programática 48.00.00 Presupuesto Participativo Municipal la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SIETE ($ 575.407,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Transferencias.

ARTÍCULO 12º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat y de la partida Servicios no Personales, la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL ($ 132.000,00) de la Apertura Programática 42.00.00 Sub Secretaría de Planeamiento a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva; dentro de la Apertura Programática 44.00.00 Dirección de Cooperativas la suma de PESOS VEINTISIETE MIL ($ 27.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Bienes de Uso.

ARTÍCULO 13º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular y de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00) de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular; dentro de la partida Servicios no Personales la suma de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00) de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular.

ARTÍCULO 14º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

                IGNACIO JOSÉ FARFÁN                                   ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO

                    Secretario de Gobierno                                                  Presidente Municipal

 

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