Ordenanzas - Subsidio reintegrable al Sr. Gallay


ORDENANZA Nº 10932/2006.-

EXPTE.Nº 2076/2006-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

             El Expediente Nº 2076/2005 Caratulado: “ Nota presentada por el Sr. Juan Francisco Gallay ”, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que de acuerdo al informe socio – económico realizado por Desarrollo Social, con fecha 7 de abril de 2006 sobre la situación del Sr. Gallay, surge que el mismo, carece de medios para saldar la deuda de tasas inmobiliarias preexistentes al momento.

                               Que el solicitante posee un ingreso aproximado de $ 200.- mensuales,  producto de su trabajo como masajista..

                               Que esta situación se agrava aún más, debido a los gastos de mediacamentos que requiere por la enfermedad que padece (retinopatía diabética proliferativa bilateral) como consta en el certificado de discapacidad que se adjunta.

                               Que la suma que requiere su tratamiento asciende a

 $ 120,00.- (Pesos Ciento Veinte) mensuales. Deduciéndose asimismo, que el remanente es ínfimo para solventar sus necesidades básicas.

                               Que el peticionante solicita un subsidio reintegrable a fin de saldar la deuda existente actualmente,  y así asumir el pago de las futuras tasas impositivas, ya que de lo contrario le resultaría sumamente dificultoso cancelar los pagos adeudados por la compleja situación ante descripta.

                               Que para este Cuerpo, la aplicación de excepciones en materia impositiva es restringida pues se vulneraría así el principio de igualdad ante la ley y las cargas públicas que norma la Ordenanza Nº 10574/2002 (Art.2º).

                               Que sin embargo, no pueden dejar de contemplarse los casos extremos como el comprobado en estas actuaciones,con la documentación que se adjunta.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

 

ORDENANZA  Nº 10932/2006.-

 

 

ORDENANZA

 

ART.1º.-OTORGASE un subsidio reintegrable al Sr. Juan Francisco Gallay, D.N.I. Nº 5.097.306 por la deuda acumulada en concepto de Tasas de Obras Sanitarias y Tasa General Inmobiliaria, correspondiente al domicilio de Moreno y Buenos Aires, Manzana 504 A, Parcela 8 de esta ciudad.

ART.2º.-DESE cumplimiento a la presente en los términos del Convenio que se obliga a suscribir el solicitante con la Secretaría de Desarrollo Social.

ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC....

 

 

 

 

 

 

Sala  de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 21 de septiembre de 2006.

Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

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