ORDENANZA Nº 10525/2001.-
EXPTE.Nº 715/2001-H.C.D.
VISTO:
La presentación de la Cooperadora de la Escuela Especial Nº 2 “Francisco Rizzuto” obrante en Expte.Nº 715/01.
CONSIDERANDO:
Que el pedido de subdivisión tiene de excepcional, el hecho que a la fecha no se han edificado las viviendas que la Institución ha programado como sorteo final de su bono contribución.
Que una vez edificados los dos lotes, los mismos se podrían subdividir de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de parcelamiento urbano.
Que en la práctica, la presente tiene la finalidad de adelantar una subdivisión a pedido del I.A.F.A.S, y para concluir con las alternativas del emprendimiento para generación de recursos que lleva a cabo la Asociación Cooperadora.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- APRUÉBASE con carácter de excepción, la subdivisión propuesta en el Expediente Nº 715/01 del H.C.D, de la finca de la planta urbana, sección quinta, manzana 324, en dos lotes de 140,95 metros cuadrados y 156,25 metros cuadrados respectivamente, de acuerdo a la mensura proyectada por el Agrimensor Luis Pérez Fortunato, obrante en el citado expediente.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 10 DE AGOSTO DE 2001.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.