Ordenanzas - Decreto Ad Referéndum Nº 2923/2020


ORDENANZA Nº12.473/2020.-

EXPTE.Nº6734/2020 -H.C.D.

VISTO:

         El Decreto Ad Referéndum Nº 2923/2020, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, y

CONSIDERANDO:

         Que este Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Artículo.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 2923/2020  remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo.2º.- COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 22 de diciembre de 2020.

Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº2923/2020.-

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 05 de noviembre de 2020.

 

VISTO: El Convenio de Colaboración celebrado entre el Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia, representado por la Señora Ministra, DOCTORA ROMERO, ROSARIO MARGARITA, y la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, representada por su Presidente Municipal DOCTOR PIAGGIO ESTEBAN MARTÍN, y

 

CONSIDERANDO:

Que el objeto de dicho Convenio es solventar con carácter exclusivo y excluyente la adquisición de los elementos, materiales y equipamientos de videocámaras y sus complementarios, que se detallan en el Anexo I adjunto al citado Convenio de Colaboración, para ser utilizados de conformidad a las previsiones contenidas en la Ley N° 10.175 y su Decreto Reglamentario N° 2.554/18 MGJ y en el Convenio.

Que se ha registrado el ingreso de un (1) desembolso realizado por el de Ministerio de Gobierno y Justicia contabilizado mediante DIN (Documento de Ingreso) N° 1.152.

            Que a fin de dar continuidad al programa previamente mencionado, se torna necesaria la ampliación presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2020, teniendo en cuenta que el dinero ya fue ingresado y que tiene una afectación específica con lo cual no se quiebra el equilibrio presupuestaria.

Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DECRETA:

ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.373/2019 y sus modificatorias, incrementando el rubro 2200000 Transferencias de capital – 22.5.01.17 Aporte Económico del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de Entre Ríos – Fondos del Fo.Pro.Se. Ley 10.364 en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000,00).

ARTICULO 2º.- MODIFICASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.373/2019 y sus modificatorias, incrementando en la Apertura Programática 53.60.54 Cámaras de video vigilancia - Apte Ec del Min de Gob y Just de la Pcía de Entre Ríos de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000,00).

ARTICULO 3º.- Por Secretaría de Hacienda dispónganse las acciones necesarias para la realización de las modificaciones presupuestarias establecidas en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

 

DELFINA FLORENCIA HERLAX                           ETEBAN MARTIN PIAGGIO

Secretario de Gobierno                                               Presidente Municipal

 

 

 

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