ORDENANZA Nº11247/2009.-
Expte.Nº 3481/2009-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 1575/09, del Departamento Ejecutivo Municipal, Caratulado: “ Dirección de Familia s/cancelación de deuda. Cooperativa Eléctrica ” y
CONSIDERANDO:
Que la materia referente a las compras municipales está regulada por la Ley 3001 y por Ordenanza Nº 10828/05.
Que también se sancionó la Ordenanza de Contabilidad bajo el Nº 10854/05.
Que por Ley Nº 9728/ del 26 de julio de 2006, se reforma la Ley Nº 3001 del 29 de noviembre de 1935, que actualiza la normativa anteriormente citada, atendiendo la operatividad que requieren estos tiempos y que reafirma la fundamentación del expediente considerado.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZAR la cancelación de las siguientes facturas pendiente de pago referidas en el expediente Nº 1575/09, del Departamento Ejecutivo, Fac. Nºs 560918, 5670817, 5701955, 5733020, 5764324 e impútense la mismas a la partida presupuestaria que corresponda.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 17 de abril de 2009.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.