ORDENANZA N°11266/2009.-
EXPTE.N° 3546/2009 – H.C.D.-
VISTO:
El Expte. N° 2914/09 caratulado: “Darré Marcelo E. s/aprobación de la mensura de subdivisión del lote reserva propiedad de Altuna Iribarren, Carlos M. y otros”; y
CONSIDERANDO:
Que a fs.1 se presenta el Agrimensor Marcelo E. Darré y solicita la aprobación de Mensura de Subdivisión del Lote Reserva en propiedad de Altuna Iribarren Carlos María y Otros, ubicada en Departamento de Gualeguaychú, Municipio de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección 6ta., Manzana 11 G, calle Río de los Pájaros S/N°.
Que la Secretaría de Planeamiento Urbano en dictamen emitido a fs. 10/11 evalúa el contexto en el que se han desarrollado los expedientes n° 4935/05 y 4385/08 –iniciados por los Señores Altuna Iribarren. Y considera conveniente aceptar la propuesta presentada –para lo cual es necesario hacer una excepción a las disposiciones de las Ordenanzas N° 5943/61 y Art.4° de la N° 10499/01 en cuanto a superficie de la reserva pública- teniendo en cuenta el área a nivel urbano, con importante aumento de densificación residencial que requiere urbanización del sector con subdivisión de la tierra, apertura de calles y áreas de reserva.
Que asimismo la Secretaría de Planeamiento Urbano solicita a los interesados la presentación de una propuesta de loteo futuro, habiéndose acompañado los correspondientes planos de subdivisión parcelaria a fs. 14/17.
Que dado que la excepción a las disposiciones en vigencia se refiere únicamente a las dimensiones del lote reserva, no existen objeciones legales para que con posterioridad se aprueben los desgloses por la vía correspondiente, siempre y cuando la presentación se ajuste a las disposiciones sobre subdivisión de tierras en el ejido.
Que a efectos de inscribir el lote reserva a favor de la Municipalidad, deberá autorizarse al Departamento Ejecutivo Municipal el nombramiento de escribano de lista a tales efectos.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1°.- APROBAR en carácter de reserva pública (art.4° Ordenanza N° 10499/01) del loteo propiedad de los Señores Carlos María Altuna Iribarren, LE N° 5.874.899; Francisco Ricardo Altuna Iribarren, LE N° 4.573.328; Raúl Alfredo Altuna Iribarren, LE N° 5.878.982; José María Altuna Iribarren, LE N° 5.886.315; Marta Elena Altuna Iribarren, LC N° 5.973.827; Ángel Justo Altuna Iribarren, LE N° 8.492.282; Juan Alberto Altuna Iribarren, DNI N° 10.667.007; Julio César Altuna Iribarren, DNI N° 12.096.270; Zulma Evelia Altuna Iribarren, LC N° 3.683.736; Gladis María Altuna Iribarren, LC N° 3.055.290 y María Emilse Altuna Iribarren, LC N° 1.438.347 el inmueble sito en Departamento Gualeguaychú, Municipio de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección Sexta, Manzana 11 G, domicilio parcelario Calle Río de los Pájaros, con una superficie de 1.357,72 m2 que se desglosa de mayor superficie inscripta bajo Tomo 81, Folio 2.535 a nombre de los prenombrados cuyos límites y linderos son: NORTE: Línea recta (1-2) alambrada al S 78° 49’ E de 40,95 metros lindando con Néstor Luis Fernández en parte y con Walter Conrado Weider y Otros hasta el final. ESTE: Línea recta (2-3) alambrada al S 12° 03’ O de 32,60 metros lindando con Carlos Alberto Rey; SUR: Línea recta (3-4) amojonada al N 82° 17’ O de 39,46 metros lindando con Carlos María Altuna Iribarren y Otros y OESTE: Línea recta (4-1) amojonada al N 09° 26’ E de 35,00 metros lindando con calle Río de los Pájaros.
ART.2°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal el nombramiento de escribano de lista para la confección de la escritura traslativa de dominio.
ART.3°.- HACER saber a los Señores Altuna – Iribarren que los lotes que se generen con posterioridad a la presente aprobación deberán ajustarse a las disposiciones de la Ordenanza N° 5943/61 y modificatorias.
ART.4°.- COMUNIQUESE, etc…
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 26 DE JUNIO DE 2009.
LILIANA RIOS, Presidente – LISANDRO GAMARRA, Secretario.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.-