ORDENANZA Nº 11581/2011.-
EXPTE.Nº 4344/2011-H.C.D.
VISTO:
El Decreto Ad Referéndum Nro.515/2011, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.
CONSIDERANDO:
Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 515/2011 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 12 de mayo de 2011.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Celia Amarillo, a/c Secretaría.
Es copia fiel que, Certifico.
Departamento Ejecutivo
DECRETO N° 515/2011.
SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 29 de marzo de 2011.
VISTO: La Ordenanza 11.535/10 que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2011; y
CONSIDERANDO:
Que atento la liquidación de haberes para el pago de personal y dado que en la Categoría Programática Pavimentación Calles Varias el saldo presupuestario resulta insuficiente, ello torna necesario efectuar una transferencia compensatoria, dentro de la Partida Gasto en Personal, para proceder a la liquidación correspondiente.
Que dicha transferencia compensatoria no modifica el importe total del Gasto en Personal y mantiene el equilibrio presupuestario.
POR ELLO, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 112º de la Ley 3001,
EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ
AD REFERÉNDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Partida Gastos en Personal de la Apertura Programática 40.75.00 Pavimentación por Consorcios a la Apertura Programática 44.87.00 Pavimentación Calles Varias la suma de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 95.000,00) con Fuente de Financiamiento 110.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.
GERMAN GRANE JUAN JOSE BAHILLO
Secretario de Gobierno Presidente Municipal