Ordenanzas - Circuito de los Corsos Populares Matecito


 

ORDENANZA Nº 11739/2012.

EXPTE.Nº 4806/2012-H.C.D.

 

 

VISTO:

              Los Decretos Nº 144/2011, de fecha 28 de enero de 2011, y Nº 132/2012, de fecha 26 de enero de 2012; y

 

CONSIDERANDO:

         Que con el correr de los años, se ha despertado un gran interés en la participación, por parte de la ciudadanía, en los Corsos Populares “Matecito”.

         Que en esa línea de crecimiento artístico, cultural y turístico, se reglamenta su realización a través de la Ordenanza Nº 11.475, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en fecha 26 de agosto del año 2010.

          Que mediante Decretos Nº 144/2011 y Nº 132/2012, el Departamento Ejecutivo Municipal habilitó el circuito comprendido por Avenida Cándido Irazusta (Avenida Parque) entre calles España y Montevideo, para la realización de los Corsos Populares “Matecito”.

Que en ocasión de realizarse las ediciones anteriores, el circuito propuesto por la Dirección de Cultura, no ha sido objetado por la Dirección de Tránsito y la Dirección de Inspección General.

Que la zona en cuestión, conforme ha quedado demostrado con experiencias anteriores, ha sido funcional a los fines de su desarrollo, destacándose que, las restricciones a la circulación de las calles para el desarrollo del evento premencionado, no ha generado inconvenientes de magnitud en relación al tránsito vehicular y peatonal en otros sectores de la ciudad, como tampoco, en materia de seguridad pública.

Que teniendo en cuenta la ubicación geográfica, la escasez de viviendas, características y el fácil acceso para los diferentes barrios de la ciudad, resulta oportuno y conveniente definir como tal, al circuito mencionado.

Que además de las ventajas antes aludidas, otra cuestión de suma importancia es la existencia de zonas de estacionamiento de automóviles, colectivos, y similares, colaborando con el orden vehicular en el resto de la ciudad.

Que, asimismo, se encuentra emplazado en un sector próximo al Corsódromo de la ciudad, lo que facilita el acceso a los espectadores, como así también a la diversidad de grupos que participan como integrantes de los mismos, generando un vínculo de identidad y pertenencia con el “Carnaval del País”.

Que los Corsos Populares “Matecito” tienen como objetivo fundamental rescatar parte de nuestra historia carnavalesca,

 

ORDENANZA Nº 11739/2012.

 

 

incentivando la creatividad popular, espontaneidad, convivencia, libertad de expresión, realzando y dándole un marco apropiado a los grupos que mantienen encendidas nuestras raíces.

         Que es de gran importancia continuar apoyando la  realización de este tipo de actividades artístico culturales, que caracterizan a  la comunidad de Gualeguaychú, enalteciendo la festividad, tradición y disfrute familiar propio de los Corsos Populares.

         Que por lo expuesto, resulta necesario delimitar el circuito establecido por Decretos Nº 144/2011 y Nº 132/2012 para la realización de los Corsos Populares “Matecito”, el cual es apropiado para el normal desarrollo de la fiesta popular, los días en que los mismos se realicen, conforme lo establece el artículo 13º de la Ordenanza Nº 11.475/10.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

 

ART.1º.- DISPÓNESE que el circuito para la realización de los Corsos Populares “Matecito”, será el comprendido por la siguiente zona: Avenida Cándido Irazusta (Avenida Parque) entre calles España y Montevideo, atento las necesidades organizativas y de seguridad en la vía pública, los días en que los mismos se realicen, conforme lo establece el artículo 13º de la Ordenanza Nº 11.475/10.

ART.2º.- AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal, por intermedio de la dependencia que considere apropiado, a restringir el tránsito vehicular en la zona, y efectuar el cerramiento del sector correspondiente a los fines de la realización de los mismos, los días y horarios en que se desarrolle el evento.

ART.3º.-COMUNIQUESE, etc….

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 18 de octubre de 2012.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

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