ORDENANZA Nº 10776/2005.-
EXPTE.Nº 2117/2005-H.C.D
VISTO:
El Expediente Nº 1492/2005 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, Caratulado: “Secretaría de Planeamiento – Convenio de Donación Sr. Leonardi, Carlos Miguel”.
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo, el Sr. Presidente Municipal eleva a consideración de este Honorable Concejo Deliberante, convenio de donación de fracción de terreno destinado a la obra de ensanche de calle Urquiza, suscripto entre esta Municipalidad de Gualeguaychú y el Sr. Carlos Miguel Leonardi
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- HOMOLOGASE el Convenio celebrado entre este Municipio y el Sr. Carlos Miguel Leonardi en concepto de donación de fracción de terreno de 2,50 metros por 9,10 mts, lo que totaliza una superficie de 22,75 m2, para la concreción del ensanche de calle Urquiza. La fracción de terreno donada pertenece en su mayor extensión al inmueble sito en ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 7ma, manzana 2002, parcela 5, partida provincial Nº 60723, plano Nº 16180, con una superficie según título de 552,03 m2 y según mensura practicada por agrimensor Jorge Oliva de 552,03 m2, registrada en la Dirección de Catastro de la Provincia de Entre Ríos en fecha 13/01/1961, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble local a nombre de Leonardi, Carlos Miguel y Mirta Beatriz Irigoytia, Sección Dominio Urbano.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 21 de abril de 2005.
Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.