Ordenanzas - Sr. Alfredo Cirilo Leitte


ORDENANZA Nº 10495/2001.

EXPTE.Nº 512/2001-H.C.D.

 

 

VISTO:

             Que mediante nota elevada a este Honorable Cuerpo por la Sra. María Eva González de Leitte, en representación de su cónyuge Sr. Alfredo Cirilo Leitte, solicita se le extienda nuevamente al mismo carnet de conductor, como con anterioridad lo hiciera la Ordenanza Nº 10172/96.

 

CONSIDERANDO:

                                    Que en efecto, mediante el instrumento normativo referenciado, este Cuerpo procedió en fecha 22 de Marzo de 1996, a sancionar Ordenanza que excepcionaba al solicitante de licencia de conducir del requisito de saber leer y escribir, atento en dicha oportunidad, acreditó se le hubiera extendido por la autoridad administrativa carnet habilitante desde el año 1978.

                                    Que en el transcurso del uso y usufructo de dicha licencia, el peticionante no había incurrido en inconducta alguna que hiciera presumir la existencia de riesgos en la concesión del beneficio.

                                     Que agregó a las valiosas razones apuntadas, la necesidad de contar con la licencia habilitante a los fines de continuar desarrollando sus tareas habituales atento el trabajo que el mismo venía realizando, le requería  de la existencia de dicha habilitación.

                                    Que tratándose en consecuencia de casos absolutamente excepcionales, y vecinos que han contado en forma previa y durante largos años del permiso para conducir, y para laborar en dichas condiciones, es que se entiende debe proceder la solicitud formulada.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

 

ART.1º.- EXCEPCIONASE del requisito establecido en el inciso a) del Artículo 14 de la Ley Nacional 24.449, aplicable por adhesión expresa que a dicha norma hace la Ordenanza Nº 10237/96, en relación al Sr. Alfredo Cirilo Tomás Leitte, por las razones y motivos expuestos en los considerandos de la presente.

ART.2º.- OTÓRGUESE por el área respectiva la pertinente licencia peticionada, previo cumplimiento de los requisitos restantes para su otorgamiento.

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 10495/2001.

 

ART.3º.- RECOMIÉNDASE al solicitante, para que en el transcurso del extenso plazo en que transcurre el uso de la licencia,proceda a formalizar la formación básica necesaria para cumplimentar el requisito que por la presente se excepciona.

ART.4º.- COMUNÍQUESE, ETC....

 

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 16 DE MARZO DE 2001.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE- JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 10501/2001.

EXPTE.Nº 590/2001-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

              La sanción de la Ordenanza Nº 10495/2001 recientemente sancionada, por la cual se dispone el otorgamiento de carnet habilitante para conducir, al vecino Alfredo Cirilo Leitte.

 

CONSIDERANDO:

                                    Que conforme se desprende de la norma sancionada, se habilita hasta por cinco años la expedición de la licencia habilitante al vecino prealudido.

                                    Que atento inquietudes recepcionadas desde la Dirección de Tránsito local, se aconseja limitar la norma al lapso de un año, entendiendo dicho lapso suficiente para que en el transcurso del mismo, el beneficiario de la licencia, proceda a munirse de los requisitos elementales de lectura que requiere la nomativa vigente, para conceder la autorización para conducir vehículos.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

 

ART.1º.- ADICIONASE al Art.1º de la Ordenanza Nº 10495/2001, lo siguiente:

“ La presente excepción tendrá vigencia por el plazo de un año”.

ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 6 DE ABRIL DE 2001.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

 

 

 

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL