ORDENANZA Nº12.489 /2021.
EXPTE.Nº 6772/2021-H.C.D.
VISTO:
El Decreto Ad-Referéndum Nº 65/2021, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal (ampliación cálculo de recursos 2021-Programa de Asistencia “Municipios de Pié”)
CONSIDERANDO:
Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA EL SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo Nº1.- APRUEBASE el Decreto Ad-Referéndum Nº 65/2021 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo Nº 2.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 15 de marzo de 2021.
Lorena Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.
DECRETO Nº 65/2021.-
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 15 de enero de 2021.
VISTO: El Convenio de asistencia celebrado entre el Secretaría de Municipios del Ministerio del Interior, representado por el Sr. Secretario de Municipios, Doctor Avelino Ricardo ZURRO, y el Municipio de San José de Gualeguaychú, representada por su Presidente Municipal Doctor Esteban Martín PIAGGIO, y
CONSIDERANDO:
Que el objeto de dicho Convenio, que se inscribe en el Programa de ASISTENCIA PARA LA MEJORA DE LOS GOBIERNOS LOCALES – “MUNICIPIOS DE PIÉ” consiste en Brindar al Gobierno Local asistencia para fortalecer las acciones con incidencia directa en el desarrollo con integración regional e inclusión social, así como también en la promoción de la calidad de vida de sus habitantes, mediante la transferencia de fondos, para adquirir equipamiento, insumos y/o bienes de capital.
Que se ha registrado el ingreso de UN (1) desembolso realizado por el de Ministerio de Gobierno y Justicia contabilizado mediante DIN (Documento de Ingreso) N° 50.
Que a fin de dar continuidad al programa previamente mencionado, se torna necesaria la ampliación presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2021, teniendo en cuenta que el dinero ya fue ingresado y que tiene una afectación específica con lo cual no se quiebra el equilibrio presupuestaria.
Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,
EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU
AD-REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA:
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.470/2020 y sus modificatorias, incrementando el rubro 2200000 Transferencias de capital – 22.2.01.41 Programa Asistencia Gobiernos Locales Municipios de Pie en la suma de pesos DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y OCHO centavos ($ 19.891.839,58).
ARTICULO 2º.- MODIFICASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.470/2020 y sus modificatorias, incrementando en la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Producción y Desarrollo Económico de la Jurisdicción 1110119000 Secretaría de Producción y Desarrollo Económico la partida Bienes de uso en la suma de pesos DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y OCHO centavos ($ 19.891.839,58).
ARTICULO 3º.- Por Secretaría de Hacienda dispónganse las acciones necesarias para la realización de las modificaciones presupuestarias establecidas en los artículos precedentes.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.
DELFINA FLORENCIA HERLAX ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO
Secretaria de Gobierno Presidente Municipal