ORDENANZA Nº 11818/2013.
EXPTE.Nº 5062/2013-H.C.D.
VISTO: El Expediente Nº 2835/2013, caratulado: “SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO S/ DONACIÓN FRACCIÓN DE TERRENO – NAEF MARÍA CARMEN”; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones obra Convenio de Donación de fecha 9 de mayo de 2013, mediante el cual la Señora María Carmen NAEF, LC Nº 5.861.253, CUIT Nº 27-05861253-2, argentina, hábil, mayor de edad, soltera, con domicilio en calle José H. Romero Nª 876 de esta ciudad, dona a esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú una fracción de terreno para ser destinada al ensanche de calle Córdoba que en el Croquis de Mensura que forma parte integrante del Convenio suscripto figura como Lote Nº 2, con una superficie de 75,40 m2 cuyo límites y linderos son: Norte: linda con calle San Juan mediante línea recta ( 5-2) al S 89º 18´E de 7,61 m; Este: linda con calle Córdoba mediante línea recta (2-3) al S 1º 30´E de 10,38 m; Sur: linda con calle Córdoba mediante línea recta (3-6) al N 82º 14´O de 7,76 m y Oeste: linda con Lote Nº 1 de la Señora María Carmen NAEF mediante línea recta (6-5) al N 1º 24´O de 9,43 m.
Que en el mencionado Convenio, la Municipalidad asume las siguientes obligaciones: realizar las Mensuras correspondientes a los Lotes Nº 1 y Nº 2 (fracción a donar y lote remanente) que se indican en el Plano adjunto y tomar a su cargo las deudas por tasas municipales correspondientes a los Legajos Nº 14.282 y 18.793 hasta la fecha de la presente Ordenanza de homologación.
Que a la Señora NAEF le corresponde el 100% del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo Matrícula 111.804 por compraventa de fecha 9 de mayo de 2002 que realizara con los Señores Héctor Eduardo FARIÑA y Nélida Leticia METTLER, pasada ante el Escribano de esta ciudad, Señor Carlos CARABALLO, mediante Escritura Nº 28, con una superficie según título de origen de 254.37 m2.
Que de acuerdo al Informe de Dominio Nº 4.379 sobre el inmueble Matrícula 111.804 no existen gravámenes ni restricciones al dominio y la persona indicada no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes.
Que surge procedente sancionar la presente Ordenanza con el objeto de homologar el Convenio de Donación suscripto y aceptar la donación de la Señora María Carmen NAEF (artículo 95º inc. r) Ley Nº 10.027).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- HOMOLÓGUESE el Convenio de Donación de fecha 9 de mayo de 2013, mediante el cual la Señora María Carmen NAEF, LC Nº 5.861.253, CUIT Nº 27-05861253-2, argentina, hábil, mayor de edad, soltera, con
ORDENANZA Nº 11818/2013.
domicilio en calle José H. Romero Nº 876 de esta ciudad, dona a esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú una fracción de terreno para ser destinada al ensanche de calle Córdoba.
ART.2º.- ACÉPTESE por parte de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, CUIT Nº 30-64254968-1, con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen Nº 75 de esta ciudad, la DONACION efectuada por la Señora María Carmen NAEF, LC Nº 5.861.253, CUIT Nº 27-05861253-2, de una fracción de terreno que se desglosa de mayor superficie inscripta bajo Matrícula 111.804 con una superficie de 75,40 m2 cuyo límites y linderos son: Norte: linda con calle San Juan mediante línea recta ( 5-2) al S 89º 18´E de 7,61 m; Este: linda con calle Córdoba mediante línea recta (2-3) al S 1º 30´E de 10,38 m; Sur: linda con calle Córdoba mediante línea recta (3-6) al N 82º 14´O de 7,76 m y Oeste: linda con Lote Nº 1 de la Señora María Carmen NAEF mediante línea recta (6-5) al N 1º 24´O de 9,43 m.
ART3º.- TÓMENSE A CARGO las deudas por tasas municipales T.O.S. y T.G.I. de los inmueble Legajos Nº 14.282 y 18.793 que obran a fs. 13/16 del expediente de marras hasta la fecha, como asimismo los gastos en concepto de derecho de edificación por la presentación de planos de construcción, ascendiendo dicho monto a la suma de $ 3.512,76.- de acuerdo a lo estipulado a fs. 31 de las presentes actuaciones.
ART.4º.- Por Secretaría de Economía y Hacienda dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente.
ART.5º.- ORDÉNESE la inscripción registral del inmueble a favor de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú.
ART.6.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 29 de agosto de 2013.
Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.