ORDENANZA Nº 10833/2005.-
EXPTE.Nº 2276/2005-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 1119/2005 remitido por el D.E. Caratulado: “Villarreal, Angelina Matea s/ Estudio Socio- Económico”.
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Villarreal, Angelina Matea posee ingresos muy bajos para cumplimentar lo solicitado para regularizar su situación.
Que por lo demás, su realidad se encuadra dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 8792/89.
Que el único ingreso fijo del grupo familiar, es el percibido por la solicitante (Pensión mínima de $ 256.-).
Que lo anterior surge del informe socio económico rubricado por la Lic. María Laura Luciano.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- INCLUYASE dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 8792/89 a la Sra. Angelina Matea Villarreal, disminuyéndole en un 50% los importes a erogar por las Tasas de su inmueble.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 4 de noviembre de 2005.
Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.