ORDENANZA Nº12.138/2017.-
EXPTE.Nº 5982/2017-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 8505/2016, caratulado: “INSTITUTO AUTÁRQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDA S/ RESOLUCIÓN Nº 2595-2016 OFERTA EN DONACIÓN DE TRES INMUEBLES”; y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos ha emitido Resolución de Directorio Nº 2595 de fecha 1º de diciembre del año 2016, dictada en el Expediente IAPV Nº 52669- 158389-15, mediante la cual oferta en donación a la Municipalidad de San José de Gualeguaychú tres (3) lotes de su propiedad, los que luego de ejecutada la obra “Gualeguaychú 1000 Viviendas Programa de Construcción de Viviendas Techo Digno” deben ser cedidos al Municipio en cumplimiento del Código Urbano, en carácter de “Espacio Verde y Calles”.
Que de acuerdo a los considerandos de la mencionada Resolución Nº 2595, los tres (3) inmuebles que se ofertan en donación constituyen desgloses de la Matrícula Nº 138.862 con plano de Mensura Nº 61.666 y Matrícula Nº 138.863 con plano de Mensura Nº 76.699 los cuales fueron oportunamente donados al IAPV mediante escritura autorizada por la Escribanía Mayor de Gobierno en fecha 23 de junio del año 2011.
Que los datos catastrales de dichos inmuebles son: A) PLANO Nº: 83.188 – LOTE: A – PARTIDA PROVINCIAL Nº 156.050 - Localización: PROVINCIA DE ENTRE RÍOS – Departamento Gualeguaychú – Municipio de Gualeguaychú – Ejido de Gualeguaychú – Sección: 7º - Zona de Quintas – (S-PAPCUS Sección 4º - Grupo 3) – Domicilio Parcelario: Calle Pública – Superficie 955,00 m2 (novecientos cincuenta y cinco metros cuadrados) – MATRÍCULA Nº 138.862 – OBSERVACIONES: El Presente Lote A será destinado a espacio verde.- B) PLANO Nº: 83.190 – LOTE: C – PARTIDA PROVINCIAL Nº 156.052 – Localización: PROVINCIA DE ENTRE RÍOS – Departamento Gualeguaychú – Municipio de Gualeguaychú – Ejido de Gualeguaychú – Sección: 7º - Zona de Quintas – (S-PAPCUS Sección 4º - Grupo 3) – Domicilio Parcelario: Calle Pública – Superficie 8.336,29 m2 (ocho mil trescientos treinta y seis metros cuadrados con veintinueve decímetros cuadrados) – MATRÍCULA Nº 138.862 – OBSERVACIONES: El Presente Lote C será destinado a calle pública.- C) PLANO Nº: 83.119 – LOTE: A – PARTIDA PROVINCIAL Nº 151.129 – Localización: PROVINCIA DE ENTRE RÍOS – Departamento Gualeguaychú – Municipio de Gualeguaychú – Planta Urbana – Sección 7º - Manzana nº 799 – Domicilio Parcelario: calle San Carlos – Superficie 2.347,44 m2 (dos mil trescientos cuarenta y siete metros cuadrados con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados) – MATRÍCULA Nº 138.863 – OBSERVACIONES: El Presente Lote A será destinado a calle pública.
Que surge necesario sancionar una Ordenanza que autorice al Departamento Ejecutivo a aceptar la oferta de donación realizada por el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos (IAPV) a efectos que se tramite la autorización legislativa necesaria para perfeccionar la transferencia.
Que a fs. 9 la Dirección de Asuntos Legales ha tomado intervención, solicitando se avance con el dictado del acto administrativo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la Oferta de Donación realizada por el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos (IAPV) de los tres (3) inmuebles que se describen en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- COMUNIQUESE, publíquese y archívese.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 31 de julio de 2017.
Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.