ORDENANZA Nº11404/2010.-
EXPTE.Nº 3881/2010.-H.C.D.
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Jorge Alfredo Risso ante este Honorable Concejo Deliberante solicitando excepción de normativa.
CONSIDERANDO:
Que la documental de referencia, alude a la solicitud formulada por el Sr. Jorge Alfredo Risso en su carácter de titular de la empresa de distribución mayorista de poli rubros – con domicilio comercial en calle San Juan Nº 1185 – peticionando una excepción temporaria sobre la aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 10338/98, que reglamenta el ingreso del tránsito pesado al ejido urbano de nuestra ciudad.
Que de acuerdo a lo relatado por el recurrente, en las presentes actuaciones, éste denota su imposibilidad de traslado del comercio en cuestión, teniendo en cuenta el abismal aumento que han experimentado los alquileres en nuestra ciudad, circunstancia ésta que se hace más notable en lo que a arrendamiento de locales se refiere.
Que de acuerdo a lo informado por las áreas consultadas en relación a las citadas actuaciones, las mismas informan que el recurrente se encuentra al día, en lo que refiere a su situación tributaria, como asimismo la Dirección de Tránsito deja a criterio de este Cuerpo, la resolución a adoptar.
Que teniendo en cuenta lo expresado por el solicitante en los considerandos de la presente, y siendo ésta la primer excepción requerida, es voluntad este Honorable Concejo Deliberante, acceder a lo requerido.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- EXCEPTUASE por el término de 90 (noventa) días a partir de la promulgación de la presente, al Sr. Jorge Alfredo Risso, D.N.I. Nº 12.095.699, con domicilio comercial en calle San Juan Nº 1185 , de cumplimentar con las normas reglamentarias dispuestas en el contenido de la Ordenanza Municipal Nº 10338/98, que estipula el ingreso de vehículos de transportes hacia el radio urbano de nuestra ciudad.
ORDENANZA Nº 11404/2010.-
ART.2º.- REMITIR copia de la presente al interesado, como asimismo a las Direcciones de Inspección General, y Tránsito Municipal respectivamente.
ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 29 de abril de 2010.
Liliana M. Ríos, Presidente – Celia Amarillo, Secretaria Int.
Es copia fiel que, Certifico.