ORDENANZA Nº 11314/2009.-
EXPTE.Nº 3669/2009-H.C.D.-
VISTO:
La solicitud presentadas ante este Honorable Concejo Deliberante, por el Sr. Hugo Alberto Aguiar en lo que respecta al otorgamiento de habilitación de combi destinado al transporte de personas, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud de referencia se encuadra dentro de los alcances y contenidos de la Ordenanza Nº 10057/94, que regula la actividad de referencia, labor ésta desempeñada por vehículos automotores habilitados por este municipio para el traslado de personas
Que es necesario cumplir con determinados requisitos, a fin de poder desempeñar la actividad que pretende llevar a cabo el recurrente.
Que habiendo el requirente acreditado razones más que atendibles para acceder lo solicitado, y que ello habilitaría a que el Sr. Aguiar pueda explotar la actividad que pretende desarrollar.
Que a todo esto debe sumarse la difícil situación económica por la que atraviesa el solicitante, lo que impide que pueda acceder a una unidad con mayor vigencia; sin perjuicio de exigir inexcusablemente que previo su habilitación proceda la revisión técnica vehicular, de acuerdo a lo establecido y bajo el control del área de Transporte Público perteneciente a la Dirección de Tránsito de este Municipio
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU ACONSEJA APROBAR LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 11314/2009.-
ART.1º.- EXCEPCIONESE al Sr. Hugo Alberto Aguiar hasta el 31/03/2010 del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente para la actualización de modelos de vehículos destinados al transporte de personas
ART.2º.- ESTABLECESE que dicha prórroga se hará efectiva previa revisión técnica efectuada por el área que corresponda de la Dirección Municipal de Tránsito.
ART.3º.- COMUNIQUESE, etc…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 11 de Noviembre de 2009.
Liliana Ríos, Presidenta – Celia Amarillo, Secretaria.
Es copia fiel que, CERTIFICO.-