ORDENANZA Nº10705/2004.-
Expte.Nº 1898/2004- H.C.D.
VISTO:
El convenio de Dación en Pago suscripto entre el Sr. Fernando Reinaldo Muller y esta Municipalidad en el Expte. Nº 1065/02 caratulado: “ Muller Fernando R. S/ ofrece cancelar deuda con terreno”.
CONSIDERANDO:
Que mediante tal Convenio de Dación de Pago, el Sr. Muller reconoce adeudar a esta Municipalidad la suma de Pesos Cincuenta y Cuatro Mil Seiscientos Veintitrés con Setenta Centavos ($ 54.623,70.-) en concepto de Tasa General Inmobiliaria, Tasa de Obras Sanitarias y Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, entregando para imputar a la cancelación parcial de la deuda, una fracción de terreno sita en Departamento Gualeguaychú, ciudad de Gualeguaychú, Sección Séptima, Planta Urbana, manzana s/n cuyo dominio en mayor extensión se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Matrícula Nº 107.985, que se avalúa en Pesos Dieciocho Mil ($ 18.000.-) y el saldo de Pesos Treinta y Seis Mil Seiscientos Veintitrés con Setenta Centavos ($ 36.623,70.-) en pago de contado efectivo mediante depósito en Tesorería Municipal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- HOMOLOGASE el Convenio de Dación en Pago suscripto entre esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú y el Sr. Fernando Reinaldo Muller, D.N.I. Nº 12.095.253.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 22 de julio de 2004.
Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.