Ordenanzas - Prorroga de ordenanza de remis


ORDENANZA Nº 11419/2010.-

EXPTE.Nº 3930/2010-H.C.D.

 

 

VISTO:

 

           Que la Ordenanza Nº 11319/2009, referida a la prestación del servicio de remises  en esta ciudad, ha prorrogado hasta el 18 de mayo de 2010 el plazo del vencimiento de las habilitaciones pertenecientes a los modelos de automotores contemplados en la Ordenanza Nº 11207/2008, y

 

CONSIDERANDO:

 

                                  Que mediante Ordenanza Municipal Nº 11207/2008, se derogaron las Ordenanzas Municipales Nº 10.171/96, 10.545/01, 10.671/03 como así también cualquier otra disposición que se oponga a dicha norma referida a la regulación del servicio de remises y requerimientos para su habilitación.

                                  Que posteriormente, este Honorable Cuerpo se ha visto en la necesidad de dictar la Ordenanza Nº 11319/2010 a fin de prorrogar el plazo del vencimiento de las habilitaciones pertenecientes a los modelos contemplados en la Ordenanza 11207/2008, entre otros puntos de relevancia.

                                 En fecha 18 de marzo del corriente se procedió a llevar adelante la Audiencia Pública oportunamente convocada, con el objeto de discutir y evaluar la actualidad del funcionamiento de los denominados remises o autos de alquiler que circulan por las arterias  de nuestra ciudad, en la cual tuvieron intervención las áreas  de Dirección de Tránsito, Asuntos Legales, Habilitaciones Comerciales, Asesoría Legal, y la Dirección de Defensa del Consumidor, las que de acuerdo a la norma que establece dicho procedimiento deberán emitir dictamen en relación a las conclusiones y resultados de la referida audiencia.

                            Que visto ello,   atendiendo al vencimiento de  la prórroga oportunamente establecida,  y siendo intención de este Cuerpo contar previamente con la opinión de las reparticiones referenciadas y legislar en consecuencia en el marco de sus facultades.

                       

 

 

        

                                 

ORDENANZA Nº 11419/2010.-

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- PRORROGUESE por el plazo de 30 días, el vencimiento de las habilitaciones pertenecientes a los modelos contemplados en la Ordenanza Nº 11207/2008, a partir de la promulgación de la presente.

ARTICULO 2º.-  NOTIFIQUESE a las agencias de remis habilitadas  en la cuidad, las que deberán exhibir copias de la presente en sus oficinas para conocimiento de los Sres/as Remiseros/as.-

ARTICULO 3º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 27 de mayo de 2010.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Celia Amarillo, Secretaria Int.

Es copia fiel que, Certifico.

 

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL