Ordenanzas - El Decreto Ad Referéndum Nro. 271/2018, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.


ORDENANZA Nº12.200/2018.

EXPTE.Nº 6135/2018-H.C.D

VISTO:

El Decreto Ad Referéndum Nro. 271/2018, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

CONSIDERANDO:

Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 271/2018 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 22 de marzo de 2018.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

 

 

 

 

 

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 1º de febrero de 2018

 

VISTO: El Expediente Nº 462/2018, caratulado: “COORDINACIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE S/ AUTORIZACIÓN REASIGNACIÓN DE FONDOS – COMPRA DE ELEMENTOS”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente de referencia el Coordinador de Seguridad e Higiene, Señor Néstor D. PINTOS eleva copia de la nota presupuestaria a la Secretaría de Hacienda, a fin de instrumentar el Decreto que autorice la reasignación de fondos de distintas Direcciones a la dependencia a su cargo para poder gestionar la compra de los elementos de protección personal, seguridad y vestimenta posible, adjuntando a fs. 2/3 el detalle con los montos a transferirse.

Que a fs. 4 el Secretario de Gobierno, Doctor Ignacio José FARFÁN toma conocimiento de lo solicitado girando las actuaciones a la Secretaría de Hacienda a efectos que emita opinión, en tanto a fs. 4 in fine el Director de Control Interno y Presupuestario, Contador Mario Edgardo FRETÍN informa que se ha realizado la reserva presupuestaria para actuar conforme, requiriendo a la Secretaría de Gobierno que dicte el Decreto correspondiente.

Que atento lo expuesto este Departamento Ejecutivo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante entiende pertinente proceder al dictado del presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00) de la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva Gobierno a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral, todo dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 2º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS ($ 10.500,00) de la Apertura Programática 30.00.00 Dirección de Cultura a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 3º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS VEINTIUN MIL ($ 21.000,00) de la Apertura Programática 33.02.00 Dirección de Medio Ambiente - Ecoparque de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 4º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 38.800,00) de la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Desarrollo Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 5º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DOSCIENTOS DOS MIL ($ 202.000,00) de la Apertura Programática 35.00.00 Dirección de Espacios Públicos de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 6º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS NOVENTA Y OCHO MIL ($ 98.000,00) de la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 7º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00) de la Apertura Programática 37.01.00 Dirección de Obras Sanitarias - Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 8º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS ($ 237.900,00) de la Apertura Programática 37.03.00 Dirección de Obras Sanitarias – Instalaciones Externas de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 9º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 67.800,00) de la Apertura Programática 38.00.00 Administración del Cementerio Norte de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 10º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS ($ 81.700,00) de la Apertura Programática 39.00.00 Dirección de Electrotecnia de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 11º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CIENTO QUINCE MIL ($ 115.000,00) de la Apertura Programática 40.00.00 Dirección de Mantenimiento Vial de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 12º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL SETECIENTOS ($ 114.700,00) de la Apertura Programática 41.02.00 Dirección de Higiene Urbana - Barrido de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 13º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 148.900,00) de la Apertura Programática 41.03.00 Dirección de Higiene Urbana - Recolección de Residuos de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 14º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS ($ 10.500,00) de la Apertura Programática 42.02.00 Subsecretaría de Planeamiento - Dirección de Planeamiento de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 15º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS SETENTA MIL TRESCIENTOS ($ 70.300,00) de la Apertura Programática 43.00.00 Dirección de Viviendas de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 16º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS ($ 9.500,00) de la Apertura Programática 44.00.00 Dirección de Cooperativas de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 17º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS ($ 35.200,00) de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular, a la Apertura Programática 01.04.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 18º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

         IGNACIO JOSÉ FARFÁN                                                       ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO

             Secretario de Gobierno                                                                   Presidente Municipal

 

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