ORDENANZA Nº 11242/2009.-
EXPTE.Nº 3474/2009-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 3474/09, Caratulado: “ Nota presentada por el Sr. Enrique Mondragon s/autorización ”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicho expediente, el Sr. Enrique Mondragón solicita a este Honorable Cuerpo, que por vía de excepción, se lo autorice a desempeñar funciones como remisero.
Que motiva tal requerimiento, el hecho de que según la normativa vigente, el mismo no podría seguir desarrollando la actividad mencionada dada la antigüedad de su automóvil modelo 1997.
Que este Cuerpo Legislativo considera justo y razonable hacer una excepción a la Ordenanza Nº 11207/08, para este caso en concreto, atento que la misma es su única fuente de ingreso, y la que viene desarrollando para solventar los gastos de su enfermedad (adj. a fs.1 certificado médico).
Que además de lo expuesto, y según manifestaciones del solicitante, es de imperiosa necesidad para él, contar con dicha autorización a fin de poder cumplir con su respectivo trabajo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- EXCEPCIONASE de la aplicación de la Ordenanza Nº 11207/08 en lo que respecta al modelo del vehículo, al Sr. Enrique Mondragón por las causas y circunstancias expuestas en los considerandos de la presente, estableciéndose que dicha excepción se hará previa revisación técnica y documentación en general.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC….
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 17 de abril de 2009.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.