Ordenanzas - Eximicion de tasas a Gendarmería Nacional


ORDENANZA Nº 11060/2007.-

EXPTE.Nº 2703/06-H.C.D.

 

 

VISTO:

             Los alcances y el contenido de la nota  elevada al Poder Ejecutivo Municipal por Gendarmería Nacional Argentina del Escuadrón 56" Gualeguaychú", y

 

 CONSIDERANDO:

                               Que en sus términos concretos, se peticiona formalmente la factibilidad de otorgar la eximición del pago de la Tasa General Inmobiliaria (T.G.I) correspondiente a los inmuebles sitos en calle Leandro N. Alem Nº 458 donde funcionan dependencias operativas de esta fuerza.  Y también sobre los inmuebles de Doello Jurado 1477 y Neyra 147.

Que en el marco del contexto referencial enunciado, es dable recordar el pensamiento que caracteriza el accionar de este colegiado cuerpo en lo referente al fomento de toda acción que tienda a ordenar equitativamente la situación tributaria de todas aquellas entidades que desde el estado, cumplimentan de manera eficiente tareas concretas a favor de la comunidad en su conjunto, como lo establecido en las Ordenanzas Nº 10872/06 (eximición al Ejército Argentino – Regimiento de Caballería de Tanques 12 “Dragones Coronel Zelaya”) y 10939/06 (eximición Prefectura Naval Argentina – Delegación Gualeguaychú) .

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- DISPONESE a partir de la promulgación de la presente, la eximición del pago correspondiente a tributo de la Tasa General Inmobiliaria (T.G.I) sobre las propiedad identificada como Manzana Nº 583 – Parcela Nº 8 – Legajo Nº 9802 correspondiente al inmueble sito en calle Leandro N. Alem Nº 458 donde funcionan dependencias operativas –perteneciente a  Gendarmería Nacional Argentina del Escuadrón 56" Gualeguaychú" y la deuda que por los conceptos enunciados se hayan acumulados a la promulgación de la presente.

ART.2º.- REMÍTASE copia de lo aquí acordado, a Gendarmería Nacional Argentina del Escuadrón 56" Gualeguaychú" Argentina - y Secretaría de Hacienda Municipal.

ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

 

Ordenanza Nº 11060/2007.-

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 23 de Octubre de 2007.

Pablo Baffico, Vicepresidente 1º - Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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