ORDENANZA NRO.10131/95.
EXPTE.NRO.9790/95-H.C.D.
VISTO:
Lo solicitado por la Sra. María Victoria de Segovia,
interesando su incorporación al régimen de la Ordenanza
Nro.8792/89.
CONSIDERANDO:
Que a Fs. 7 y 8 la Comisión de Hacienda de este H.C.Deliberante, procedió a informarse en las dependencias municipales, acerca de si la recurrente es titular de vivienda única y si adeuda tasas municipales, de lo que surge que se encuentra al día y sí es titular de vivienda única.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1.-INCORPORASE a la Sra. María Victoria de Segovia,titular de la L.C. Nro. 5.222.552, con domicilio en Doello Jurado Nro.731, ciudad, en el régimen de eximición en un 50% (CINCUENTA POR CIENTO) del pago de las tasas municipales T.G.I y O.S.M por el corriente año 1995, de conformidad con lo normado en la Ordenanza Nro. 8792/89.-
ART.2.-ESTABLECESE que al renovarse cada año fiscal, la beneficiaria deberá efectuar presentación similar para gozar del beneficio de excepción.
ART.3.-NOTIFIQUESE a la interesada sobre lo resuelto por este H.C.Deliberante.
ART.4.-COMUNIQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES, GUALEGUAYCHU, 10 DE AGOSTO DE 1995.
RODOLFO GUASTAVINO, PRESIDENTE - SERGIO DELCANTO, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.