ORDENANZA Nº 12724/2023.-
EXPTE.Nº 7299/2023 – H.C.D.-
VISTO:
La necesidad de adecuar el costo del boleto del transporte urbano de pasajeros en relación al boleto secundario, terciario y universitario; y
CONSIDERANDO:
Que, si bien se encuentra aprobado un cuadro tarifario mediante Ordenanza Nº 12.694/2022, la aplicación del boleto secundario, terciario y universitario gratuito hacen ineludible la necesidad de revisar y adecuar el respectivo cuadro tarifario establecido,
Que, tras ser analizada la cuestión por los funcionarios de las áreas municipales de incumbencia en la materia y la Comisión de Transporte creada al efecto, se arribó a la conclusión que el presente cuadro tarifario debería entrar en vigencia al momento mismo de la promulgación de la presente.
Que, dada la necesidad de que las empresas continúen prestando el servicio concesionado de acuerdo a los términos pactados, bajo los términos y garantías de calidad tanto para las usuarias y los usuarios del transporte público como para las trabajadoras y los trabajadores, se considera indispensable la aprobación del nuevo cuadro tarifario.
Que, dado que múltiples factores imposibles de controlar y prevenir pueden hacer necesario nuevas revisiones como las que se lleva adelante en este acto, se hace constar que la actualización de las tarifas, y demás consideraciones, serán revisadas, analizadas y eventualmente modificadas de considerarse necesario.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Art.1°.- ESTABLEZCASE a partir de la promulgación de la presente el siguiente cuadro tarifario cuyos valores, y demás consideraciones, regirán como topes máximos aplicables por las líneas de transporte: “Buses Gualeguaychú” de Delcausse Hermanos S.R.L.; “El Verde S.R.L.” y Empresa “Santa Rita”.
TIPO BOLETO |
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Desde la promulgación de la presente |
Escolar Primario |
GRATIS |
Escolar Secundario |
$ 43,50.- |
Terciario |
$ 43,50.- |
Universitario |
$ 43,50.- |
1º y 2º Sección |
$ 87,00.- |
3º Sección |
$ 87,00.- |
4° Sección/Residentes B° Sarandí |
$ 104,40.- |
5º Sección |
$ 121,80.- |
Boleto Único |
$ 87,00.- |
Adulto Mayor |
$ 43,50.- |
Ex – Combatientes |
GRATIS |
Discapacidad sin acompañante |
GRATIS |
Discapacidad con acompañante (ambos) |
GRATIS |
Boleto secundario gratuito |
GRATIS |
Boleto terciario/universitario gratuito |
GRATIS |
Art.2°.- DERÓGUENSE todas las Ordenanzas aprobadas con anterioridad a la presente, mediante las cuales se fijaban los cuadros tarifarios a aplicar.
Art.3º.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 17 de FEBRERO de 2023.
Lorena Arrozogaray, Presidente – Jorge Cuenca, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.-