ORDENANZA N º 11036/2007.-
EXPTE.Nº 2869/2007-H.C.D.-
VISTO:
El Expediente Nº 2869/2007, Caratulado: “ Nota presentada por la Sra. Sandra Bentancor s/regularización de lote”.
CONSIDERANDO:
Que se presenta la Sra. Sandra Elizabeth Bentancor, D.N.I. Nº 22.524.990, con domicilio en Ayacucho al Sur – Casa 15, solicitando se registre a su nombre el lote Nº15 del Barrio “La Tablada” en virtud de haberlo adquirido del Sr. Norberto Jesús Borro, quien resultare adjudicatario mediante Ordenanza Nº 10848/2005, que autorizaba al Departamento Ejecutivo Municipal a escriturar en su favor.
Que a fojas 9 obra dictamen de la Asesora Legal de Gobierno, quien sostiene surge evidente que la última de las operaciones denunciadas, esto es la efectuada entre el Sr. Borro y la Sra. Bentancor, se efectuó con posterioridad a la fecha en la que la Secretaría de Desarrollo Social realizó el relevamiento de la Manzana 783, opinando que no existiría objeción legal para que este Honorable Concejo Deliberante proceda a rectificar la Ordenanza Nº 10848/05 autorizando la regularización dominial del lote Nº15 a favor de Sandra Elizabeth Bentancor.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- MODIFICASE el Art.2º de la Ordenanza Nº 10848/2005, específicamente en lo referente a la Parcela Nº15, debiendo reemplazarse al Sr. Borro, Norberto Jesús, D.,N.I. Nº 5.863.517 por la Sra. Bentancor Sandra Elizabeth, D.N.I. Nº 22.524.990”.
ART.2º.- NOTIFICAR a la recurrente sobre lo resuelto.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 30 de agosto de 2007.
Pablo Baffico, Vicepresidente 1º - Gerardo Sánchez, Secretario.