Ordenanzas - El Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, representado por el señor Gobernador CPN Gustavo Bordet por una parte, y la Municipalidad de Gualeguaychú, representada por el señor Presidente Municipal Dr. Esteban Martín Piaggio,


ORDENANZA Nº 12.194/2017.

EXPTE.Nº 6121/2017-H.C.D.

VISTO:

         El Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, representado por el señor Gobernador CPN Gustavo Bordet por una parte, y la Municipalidad de Gualeguaychú, representada por el señor Presidente Municipal Dr. Esteban Martín Piaggio, por la otra en el mes de octubre del corriente año, mediante el cual se acuerda realizar la obra de Pavimentación del Camino de la Costa y Mejoramiento del Camino de la Península – Zona Rivereñas de Planta Urbana – Departamento Gualeguaychú.

CONSIDERANDO:

         Que mediante dicho Convenio la Municipalidad de Gualeguaychú se obliga  a ejecutar en forma completa los trabajos correspondientes a la obra “Pavimentación del Camino de la Costa y Mejoramiento del Camino de la Península – Zona Rivereñas de Planta Urbana – Departamento Gualeguaychú” de conformidad al Proyecto elaborado por ella.

         Que dicha obra se  halla sujeta a las disposiciones de la Ley de Obras Públicas Nº 6351, Decreto Reglamentario Nº 958/79 S.O. y S.P. Pliego de Condiciones Generales y Pliego Complementarios aprobados por Decreto Nº 27/06 GOB, Decretos Nº2539/02 S.O. y S.P. Nº 3338/05 GOB y Decreto Nº 6440/94  S.O. Y S.P.

         Que conforme lo dispuesto en la cláusula tercera, el presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de pesos trece millones novecientos veintitrés mil ciento treinta y cinco con noventa y un centavos ($ 13.923.135,91) en concepto de materiales a valores del mes de agosto de 2017, de los cuales el Gobierno de Entre Ríos aportará el cien por ciento (100%) de dicho monto.

         Que la Mano de Obra, Equipos y Herramientas necesarias para la concreción de la obra estará a cargo de la Municipalidad de Gualeguaychú.

         Que del total comprometido por la Provincia para la ejecución de las obras se entregarán las partidas de la siguiente manera: una entrega correspondiente al 33% del monto fijo al inicio de la obra y dos cuotas iguales y consecutivas, cuando el avance de obra registre un 50% y 100% respectivamente.

         Que para la realización de la obra se prevé un plazo de ciento ochenta días corridos, el cual comenzará a partir de la fecha de Replanteo, oportunidad en que se realizará el acta de inicio de obra, la que será suscripta por ambas partes, mediante sus representantes técnicos.

         Que tal obra no se halla prevista en el Presupuesto General correspondiente al ejercicio fiscal del año 2018, aprobado por Ordenanza Nº 12.181/2017, motivo por el cual corresponde realizar una modificación del mismo incrementando el rubro del Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para tal período.

         Que a fin de la correcta identificación y seguimiento de la ejecución de la obra, se deberá abrir un nuevo rubro en el Cálculo de Recursos de 2018, el que se denominará “Aporte Provincial Pavimentación Camino de la Costa y Península”

         Que a fin de registrar los gastos que se originen para la ejecución se deberá abrir una categoría programática que identifique la misma dentro del Programa de Vialidad que prevé el Presupuesto de Gastos para el año 2018.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.-   HOMOLÓGUESE  el Convenio suscrito entre el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, representado por el señor Gobernador CPN Gustavo Bordet por una parte, y la Municipalidad de Gualeguaychú, representada por el señor Presidente Municipal Dr. Esteban Martín Piaggio, por la otra en el mes de octubre del corriente año, mediante el cual se acuerda realizar la obra de Pavimentación del Camino de la Costa y Mejoramiento del Camino de la Península – Zona Rivereña de Planta Urbana – Departamento Gualeguaychú.

 

ARTÍCULO 2º.-   INCREMÉNTASE el Cálculo de Recursos fijado por Ordenanza Nº 12.181/2017 para el ejercicio fiscal año 2018 en la suma de pesos trece millones novecientos veintitrés mil ciento treinta y cinco con noventa y un centavos ($ 13.923.135.91) en el rubro del Cálculo de Recursos “Aporte Provincial Pavimentación Camino de la Costa y Península”.

ARTÍCULO 3º.-   INCREMÉNTASE el Presupuesto de Gastos fijado por Ordenanza Nº 12.181/2017 en la categoría programática Vialidad de la jurisdicción de Trabajos Públicos, en la partida de Bienes de Consumo, en la suma de pesos trece millones novecientos veintitrés mil ciento treinta y cinco con noventa y un centavos ($ 13.923.135.91).

ARTÍCULO 4º.-   DISPÓNESE que por Secretaría de Hacienda se ordene la incorporación al Presupuesto General año 2018 en un todo conforme a lo dispuesto en los artículos precedentes.

ARTÍCULO 5º.-   COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, Y ARCHÍVESE.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 29 de diciembre de 2017.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

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