Ordenanzas - Decreto Ad Referéndum Nro. 2351/2016


ORDENANZA Nº 12.096/2017.

EXPTE.Nº 5877/2017-H.C.D.

VISTO:

El Decreto Ad Referéndum Nro. 2351/2016, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

CONSIDERANDO:

Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 2351/2016 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 30 de marzo de 2017.

Jorge F.Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº 2351/2016

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 4 de octubre de 2016

VISTO: La Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2016; y

CONSIDERANDO:

Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

Que a fin de hacer efectivo el pago de los haberes del Personal hace necesario realizar transferencias compensatorias del presupuesto dentro de la Partida de Gastos en Personal, sin afectar el monto total de la partida.

Que al cierre del ejercicio 2015 quedaron en las disponibilidades iniciales, fondos correspondientes al Resultado del Ejercicio, lo que permite la ampliación presupuestaria correspondiente a fin de continuar con las obras que se encuentran en ejecución y la prestación de servicios esenciales.

Que han ingresado fondos provenientes del Programa Federal de Integración Sociocomunitaria, por la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 3.888.000,00) lo que torna necesaria la ampliación presupuestaria correspondiente.

Que han ingresado fondos del programa “Mejor Funcionamiento de Agua Potable”, por la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00) lo que torna necesaria la ampliación presupuestaria correspondiente.

Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS ($ 618.500,00), provenientes de rentas generales.

ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partida Transferencias en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 155.000,00) dentro de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria y en la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECISEIS MIL ($ 216.000,00) dentro de la Apertura Programática 33.00.00 Dirección de Medio Ambiente, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social; la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL ($ 74.000,00) dentro de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos; la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS OCHENTA Y TRES MIL ($ 83.000,00) dentro de la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas y en la suma de PESOS NOVENTA MIL QUINIENTOS ($ 90.500,00) dentro de la Apertura Programática 40.00.00 Dirección de Mantenimiento Vial de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 3º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 1750000 Transferencias corrientes17.5.01.00 De gobiernos provinciales en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00), provenientes del programa “Mejor Funcionamiento de Agua Potable”.

ARTÍCULO 4º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando dentro de la Apertura Programática 51.00.00 Obras Hídricas y Saneamiento la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00) de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos.

ARTÍCULO 5º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 2220000 Transferencias de capital22.2.01.00 De la administración central nacional en la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 3.888.000,00), provenientes del Programa Federal de Integración Sociocomunitaria.

ARTÍCULO 6º.- MODIFICASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos en la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 3.888.000,00).

ARTÍCULO 7º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaria de Gobierno y de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS ($ 1.226.200,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno y la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($ 754.000,00) de la Apertura Programática 18.00.00 Dirección de Personal, a la Apertura Programática 17.00.00 Dirección de Tránsito la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS ($ 1.853.600,00) y a la Apertura Programática 21.00.00 Dirección de Habilitaciones la suma de PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL ($ 126.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Economía y Hacienda y de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ($ 438.500,00) de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Rentas a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Hacienda la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 38.900,00), a la Apertura Programática 23.00.00 Contaduría General la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 198.900,00) y a la Apertura Programática 24.00.00 Tesorería la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL SETECIENTOS ($ 200.700,00); dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social a la Apertura Programática 27.00.00 Dirección de Deportes; de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos y de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 7.268.400,00) de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana a la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ($ 385.700,00), a la Apertura Programática 35.00.00 Dirección de Espacios Públicos la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 1.917.800,00), a la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA MIL ($ 880.000,00), a la Apertura Programática 40.00.00 Dirección de Mantenimiento Vial la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL ($ 1.367.000,00) y a la Apertura Programática 41.00.00 Dirección de Higiene Urbana la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS ($ 2.717.900,00); dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos y de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 278.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Secretaria de Obras y Servicios Públicos a la Apertura Programática 35.00.00 Dirección de Espacios Públicos y la suma de PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL QUINIENTOS ($ 127.500,00) de la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias a la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas; dentro de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat y de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL ($ 399.000,00) de la Apertura Programática 42.00.00 Sub Secretaría de Planeamiento a la Apertura Programática 27.00.00 Dirección de Deportes.

ARTÍCULO 8º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno la suma de PESOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS ($ 30.400,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática  17.00.00 Dirección de Tránsito la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática  18.00.00 Dirección de Personal la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Uso; dentro de la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucional la suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS ($ 6.600,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; de la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL ($ 87.000,00) a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno la suma de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00), a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Inspección General la suma de PESOS VEINTIDOS MIL ($ 22.000,00) y a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 17.00.00 Dirección de Tránsito la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00), todo dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 9º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Apertura Programática 25.00.00 Dirección de Adquisiciones y Suministros la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Rentas la suma de PESOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS ($ 16.200,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo, todo dentro de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Economía y Hacienda.

ARTÍCULO 10º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social de Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS ($ 33.700,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo, la suma de PESOS SIETE MIL SETECIENTOS ($ 7.700,00) y a la partida Bienes de Uso la suma de PESOS VEINTISEIS MIL ($ 26.000,00).

ARTÍCULO 11º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110107000 Consejo Mixto Gualeguaychú Turismo y de la  Apertura Programática 01.00.00 Consejo Mixto la suma de PESOS TRECE MIL ($ 13.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 12º.- TRANSFIERASE dentro de la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 3.888.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la suma de PESOS CIENTO TRECE MIL ($ 113.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales, todo dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos.

ARTÍCULO 13º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos la suma de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS ($ 9.500,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento la suma de PESOS CIENTO CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 104.200,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática 35.00.00 Dirección de Espacios Públicos la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 144.200,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL ($ 33.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales, todo dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 14º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110116000 Participación Ciudadana y de la  Apertura Programática 48.00.00 Presupuesto Participativo Municipal la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 1.710,00) de la partida Bienes de Consumo y la suma de PESOS QUINIENTOS DIECINUEVE MIL CIEN ($ 519.100,00) de la partida Servicios no Personales, a la partida Transferencias la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS DIEZ ($ 520.810,00).

ARTÍCULO 15º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat de la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Hábitat la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00) a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 44.00.00 Dirección de Cooperativas.

ARTÍCULO 16º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Poder Popular la suma de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS ($ 9.500,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales la suma de PESOS VEINTIUN MIL CIEN ($ 21.100,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo, todo dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular.

ARTÍCULO 17º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

   IGNACIO JOSÉ FARFÁN                                        ETEBAN MARTÍN PIAGGIO

      Secretario de Gobierno                                                        Presidente Municipal

 

 

 

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