ORDENANZA Nº 11683/2012.-
EXPTE.Nº 4650/2012-H.C.D
VISTO:
El Expediente Nº 1492/2012, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, Caratulado: “Dirección de Comunicación Institucional s/pago proveedor Imprenta Oficial de la Provincia”, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo regulado mediante la Ley Nº10027, los gastos no pagados al 31 de diciembre de cada año, deberán ser cancelados durante el año siguiente, como asimismo debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza de Contabilidad Nº 10854/05, mediante la cual se rige la instrumentación y registración de los actos económicos financieros del erario público municipal.
Que a través de nota referenciada a fs. 6 del Expte.Nº 1492/12 del Departamento Ejecutivo Municipal, el Sr. Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno, Cr. Germán Grané, eleva las presentes actuaciones a este Honorable Cuerpo, a efectos de que se sancione la norma específica que permita efectuar el pago de la factura presentada por el proveedor mencionado en el visto de esta Ordenanza, la que aun se halla sin efectivizar.
Que corresponde a este Cuerpo Legislativo dictar el correspondiente acto administrativo que permita dar cumplimiento a lo solicitado en los autos mencionados precedentemente.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZAR la cancelación del importe adeudado equivalente a la suma PESOS CIENTO CINCO ($ 105,00.-) en concepto de abono de la factura C Nº 0001-00011844 emitida por Imprenta Oficial de la Provincia de Entre Ríos, de fecha 27/12/2011.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 29 de marzo de 2012.
Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.