ORDENANZA Nº 10385/99.-
EXPTE.Nº 11638/99-H.C.D.-
VISTO:
La Contribución por Mejoras establecida en las Ordenanzas Nros. 10275/97 y 10292/97.
CONSIDERANDO:
Que el Art. de la Ordenanza Nº 10275/97 modificado por el Art.3º de la Ordenanza Nº 10292/97, estableció un descuento para aquellos contribuyentes beneficiados por las obras de pavimentación de las calles y bocacalles incluidas en la Ordenanza precitada, que efectuaran pagos dentro de los noventa días posteriores a la terminación de las mismas.
Que la tarea de procesamiento y actualización catastral y la liquidación de las deudas resultantes ha impedido la carga de los contribuyentes en el sistema informático municipal, por lo que a efectos de evitar privar a los vecinos del beneficio mencionado, resulta razonable prorrogar el plazo para el pago con descuento.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- PRORROGASE hasta el día 30 de Septiembre de 1999, el plazo establecido en el Art.3º de la Ordenanza Nº 10275/97 (modificado por el Art.3º de la Ordenanza Nº 10292/97), para el pago con los descuentos establecidos en el mismo, de la Contribución por Mejoras correspondientes a cada contribuyente.
ART.2º.- FIJASE el 15 de Octubre de 1999, como vencimiento general para el pago contado o de la primera cuota, según las modalidades establecidas en el Art.6º de la Ordenanza Nº 10275/97.
ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES.
SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 20 DE AGOSTO DE 1999.
JOSÉ INGOLD,PRESIDENTE-GUILLERMO MARTINEZ,SRIO.
ES COPIA FIEL QUE,CERTIFICO.