ORDENANZA Nº11075/2007.-
EXPTE.Nº 2997/2007-H.C.D.
VISTO:
El Expte. Nº2997/2007 Caratulado “DOCUMENTACION REMITIDA POR EL D.E. S/ CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE EL MUNICIPIO Y EL SR. EDGAR ALBINO RAMON GALLARDO” y
CONSIDERANDO:
Que el D.E.M. eleva, mediante nota Nº125, a este Honorable Concejo Deliberante, para su homologación, convenio de donación para la apertura de calles suscripto con el Señor Edgar Albino Ramón Gallardo.-
Que en virtud de ello, corresponde la intervención de este Colegiado Cuerpo, homologando dicho convenio, el que se da aquí por reproducido en todos sus términos.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- HOMOLOGASE el convenio de donación para la apertura de calles suscripto el 25 de octubre de 2007 entre la Municipalidad de San José de Gualeguaychú y el Sr. Edgar Albino Ramón Gallardo.-
ART. 2º.- REGISTRAR, notificar y oportunamente archivar.-
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 9 de noviembre de 2007.
Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.