ORDENANZA Nº 11826/2013.
EXPTE.Nº 5102/2013-H.C.D.
VISTO:
Que el ejercicio permanente de la Memoria, por la Verdad y la Justicia, configuran el reaseguro para que dolorosas experiencias de nuestro pasado reciente no vuelvan a suceder. Y;
CONSIDERANDO:
Que en los años 70’, irrumpen como sujetos activos en la vida política y social, sectores juveniles de comprometida militancia que cuestionaban todo el sistema de valores imperantes en ese entonces y heredados de gobiernos militares, entre ellos el movimiento estudiantil secundario.
Que en este contexto referencial, los actores del campo popular y representativo del movimiento estudiantil organizado, establecieron acciones y prácticas militantes inéditas para la época, en lo referido a la militancia política en los establecimientos educativos y fuera de ellos.
Que uno de los objetivos medulares trazado por la genocida dictadura cívico militar surgida a partir del golpe de estado del 24 de marzo de 1976, fue la de desarticular totalmente toda aquella valiosa experiencia y el avance logrado en el aspecto de la participación, compromiso por el bien común, la defensa de sus derechos sectoriales y su opción de formar parte de un proyecto político mas amplio que involucrara otras luchas y conquistas sociales, que representaba esa nueva generación de jóvenes.
Que el episodio conocido como “La Noche de los Lápices”, simboliza uno de los hechos más cruentos y emblemáticos del terrorismo de estado que devastó la República en el transcurso del periodo: 1976 – 1983, conforme se secuestró, torturó y desapareció a un grupo de 10 estudiantes secundarios y menores de edad pertenecientes a la Escuela Normal Nro. 3 de la Ciudad de La Plata, como una respuesta inmediata a su decisiva participación en la defensa y el reclamo por la restitución del boleto estudiantil.
Que el entorno de la realidad histórica y política, surgida a partir de 2003 ha favorecido la militancia política y social de vastos sectores y consecuentemente podemos apreciar a nuevas generaciones de jóvenes y estudiantes que rememoran y continúan el camino señalado por aquellos mártires de “La Noche de los Lápices”, recuperando la utopía, la tradición de lucha y la defensa de sus derechos con la premisa de constituir una sociedad más justa, solidaria e inclusiva
Que en función de lo expuesto con anterioridad, este ámbito legislativo comunal considera oportuno manifestarse al respecto, señalando que hoy, a 36 años de aquel infortunado suceso, el mejor homenaje que podemos ofrendar es el de revitalizar el ejercicio de la memoria y recordar el
ORDENANZA Nº 11826/2013.
sacrificio de estos jóvenes, que opusieron su pensamiento de un país mejor, a un modelo hegemónico e impulsor de grandes desigualdades sociales, lo cual constituye la mejor garantía para evitar que hechos incalificables, como los ocurridos el 16 de septiembre de 1976, vuelvan a repetirse.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1°.-EXPRESAR el sentido homenaje de este Colegiado Cuerpo, al espíritu militante y el compromiso social demostrado por los jóvenes estudiantes secundarios, victimas del terrorismo de estado que fueron detenidos, torturados, detenidos y desaparecidos en el marco de la represión impuesta por la dictadura cívico militar argentina del periodo: 1976 – 1983.
ART.2°.- INSTITUIR la fecha del 16 de Septiembre como: “DÍA DE LOS DERECHOS DEL ESTUDIANTE SECUNDARIO” en conmemoración del trágico suceso denominado “La Noche de los Lápices “.
ART.3°.- DELEGASE al Área de la Juventud de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, la instrumentación de la temática relacionada a la coordinación general y organizativa de actos y eventos alusivos a dicha jornada.
ART.4°.-REMITIR copia de la presente Ordenanza, a la Presidencia del Consejo General de Educación (C.G.E.) y a la Subsecretaria de la Juventud del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a la Dirección Departamental de Escuelas, al Área de la Juventud y a la Dirección de Comunicación Institucional de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú.
ART.5°.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 12 de septiembre de 2013.
Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.