Ordenanzas - Uso indebido de la tarjeta Sube


ORDENANZA Nº 12.398/2020.-

EXPTE.Nº 6384/2019-H.C.D.

VISTO:

         El Expediente Nº6384/2019 que se tramita ante el Honorable Concejo Deliberante, Caratulado: “Nota presentada por los Sres. Navone y Lapido s/utilización tarjeta  SUBE” y;

CONSIDERANDO:

Que el Acta Acuerdo para la implementación del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) firmada entre la Municipalidad, Nación Servicios S.A. y la Secretaría de Gestión del Transporte,  el 15 de febrero de 2018, da el marco para la puesta en servicio del sistema en la ciudad.

Que el sistema SUBE, permite la generación y registros de los denominados beneficios locales, donde se contemplan las situaciones propias del lugar, y se otorgan prerrogativas.

Que por Ordenanza N° 12131/2017 se crea la tarifa especial “Adulto Mayor”, la cual cuenta con un valor diferencial que se correspondiera  al cincuenta por ciento (50%) del valor correspondiente al “Boleto Único”, contando a la fecha con 905 beneficiarios.

Que sin dudas, estos beneficios constituyen una aplicación de derecho, tanto para los niños en edad escolar, como una herramienta más para evitar la deserción escolar, como también llegar a las personas mayores que se encuentran en vulnerabilidad económica, resultando un paliativo para movilizarse por la ciudad, utilizando el servicio público.

Que la tarjeta otorgada, es de carácter personal e intransferible, debiendo ser exhibida juntamente con el Documento Nacional de Identidad para facilitar su identificación.

Que resulta necesario reglamentar su uso a fin de que los beneficios lleguen y se mantengan para quienes fueron ideados, evitando abusos o usos deshonestos a fin de garantizar su sustentabilidad en el tiempo.

Que los representantes de las empresas prestatarias del servicio de transporte urbano y suburbano de pasajeros en la ciudad, han manifestado su preocupación por la inadecuada utilización de la tarjeta SUBE por parte de personas que no son, “claramente”, los genuinos beneficiarios, tanto de boletos escolares como de Adultos Mayores.

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Artículo 1°: CONSIDÉRASE “Uso indebido de la tarjeta Sube”, a la utilización de esta, por toda persona que no sea su legítimo titular. Ello sin perjuicio de las penalidades que para el uso de la tarjeta con Tarifa Social Federal por parte de una persona distinta a la registrada, prevé el sistema SUBE.

Artículo 2°: DISPÓNGASE, que, ante la sospecha de utilización de la Tarjeta SUBE por persona distinta a la registrada, el conductor del transporte deberá labrar un acta de constatación en donde figure: fecha, hora, Lugar, N° de Tarjeta Sube, Nº de DNI de quien hubiera pretendido utilizarla; la que posteriormente será elevada a la Dirección de Tránsito para su verificación. De ser necesario, el conductor podrá requerir el auxilio, tanto de la fuerza pública como del personal de la Dirección de Tránsito para la confección del acta correspondiente.

Artículo 3°: EN el caso que la Dirección de Tránsito compruebe que efectivamente se realizó un uso indebido de la tarjeta SUBE, procederá de la siguiente manera:

  1. Intimará a su titular para que, en el término de 5 días hábiles, se presente en Oficinas de la Dirección de Tránsito, sita en Calle Urquiza 1066 a los efectos de ejercer su defensa.
  2. Vencido el plazo y/o determinada su culpabilidad, recaerá sobre la tarjeta en cuestión, una suspensión de los atributos locales por el plazo de 7 (siete) días corridos. El titular podrá seguir utilizando el servicio, pero deberá abonar el 100 % del valor del pasaje.
  3. En caso de reincidencias, la pena se duplicará respecto de la última sanción aplicada.

 

Artículo 4º: LA Municipalidad de Gualeguaychú, en forma conjunta con las Empresas locales de transporte urbano de pasajeros, llevará adelante una campaña de concientización en relación con el correcto uso de la tarjeta SUBE.

Artículo 5°: COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 5 de junio de 2020.

Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.

 

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