ORDENANZA Nº10896/2006.-
EXPTE.Nº 2521/2006-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 1691/06, Caratulado: “ Secretaría de Planeamiento – s/apertura de calles –Convenio Sr. Grecco Juan F y Otros ”.
CONSIDERANDO:
Que de las citadas actuaciones surge la suscripción de convenio suscripto entre los Señores Juan Francisco Grecco, María del Pilar Bustelo y Ricardo José Stefani y el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual se constituye servidumbre administrativa de paso, y se autoriza la apertura de calles en los lotes sitos en Manzana 18 B Parcela 1, Manzana 19 H y Legajo 15.667, para la continuación de calle Palacios, Seguí, Cervantes, Juan B. Justo y Perito Moreno, de acuerdo a plano adjunto que forma parte integrante de la presente.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.-HOMOLOGASE el Convenio suscripto el día 27 de marzo de 2006, entre la Municipalidad de San José de Gualeguaychú y los Señores Juan Francisco Grecco, D.N.I.Nº 10.456.121 con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 981, María del Pilar Bustelo, D.N.I. Nº 12.385.989 y Ricardo José Stefani, D.N.I. Nº 10.199.382 con domicilio en calle España Nº 313 de esta ciudad, mediante el cual se constituye servidumbre administrativa de paso, y apertura de calles en los inmuebles sitos en Manzana 18 B, Parcela 1, Manzana 19 H y Legajo Nº 15.667 de 13 metros de ancho para la apertura y continuación de las calles A. Palacios, Seguí, Cervantes, Juan B. Justo y Perito Moreno.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 23 de junio de 2006.
Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.