ORDENANZA Nº 12.414/2020.-
EXPTE.Nº 6593/2020-H.C.D.
VISTO:
La importancia de poner de manifiesto, que a partir del 1º de abril de 2003, a través de la Ley Nacional Nº 25.392, se creó el Registro Nacional de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH) del INCUCAI, con el objetivo de crear una base de datos nacional de donantes voluntarios de médula ósea, motivo por el cual ese día se estableció como el “Día Nacional del Donante de Médula Ósea”, con el fin de difundir la importancia de la donación voluntaria de CPH, contando que actualmente el trasplante de médula ósea, es la única solución conocida para determinadas enfermedades como la leucemia, aplasia medular, mieloma múltiple, linfoma maligno, talasemia mayor, así como otras enfermedades de la sangre.
CONSIDERANDO:
Que cada año, ciento de personas son diagnosticadas con enfermedades hematológicas que pueden ser tratadas con un trasplante de Células Progenitoras Hematopoyéticas, conocido popularmente como “trasplante de médulas ósea”. Sin embargo, sólo el 25% de estos pacientes, tienen la posibilidad de encontrar un donante compatible en su grupo familiar, mientras que los demás, deben recurrir a un donante no emparentado.
Que para facilitar el acceso a dicha práctica, existen los registros de donantes voluntarios, que contienen una base de datos con los donantes y sus posibles compatibilidades.
Que la Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH), son células madres encargadas de producir glóbulos rojos que transportan el oxígeno a los tejidos, glóbulos blancos, que combaten las infecciones en el organismo, y se ocupan de la vigilancia inmunológica, y plaquetas que participan del proceso de coagulación de la sangre.
Que es de suma importancia, tener un registro con un gran número de donantes, ya que las poblaciones poseen importantes variaciones genéticas.
Que puede ser donante de CPH, toda persona de entre 18 y 55 años de edad, en buen estado de salud, y con un peso de más de 50 Kg. sin antecedentes de enfermedades cardíacas, hepáticas o infectocontagiosas.
Que para que sea viable la ejecución de un trasplante no emparentado, se recurre a los registros internacionales de donantes voluntarios. Estos registros internacionales, constituyen la Red BMDW (Red Internacional Bone Marrow Donors Worldwide), que agrupa a 54 registros de 40 países con más de 12 millones de donantes efectivos.
Que entre los años 2003 y 2017, el Registro Nacional de CPH, posibilitó que más de 800 pacientes que no tenían un donante compatible en su grupo familiar, pudieran acceder a un trasplante de médula ósea con donante no emparentado.
Que el Registro Nacional de CPH, cuenta en la actualidad, con más de 200 mil donantes inscriptos, los que a su vez forman parte de lo más de 35 millones de donantes de la Red BMDW. Esto posibilita, que cada vez que una persona requiere un trasplante, la búsqueda se realice entre todos los donantes registrados en el mundo.
Que por otro lado, bregamos por un reclamo justo y que va de la mano de la cuestión, que es el pedido específico para que nuestro país, cuente con un “Laboratorio de Tipificación de Genes”. Actualmente, los estudios vinculados se hacen en Estados Unidos, los cual implica plazos inconvenientes y riesgosos.
Que en la actualidad, existe en nuestra ciudad, la ONG “DONAR EN VIDA”, organización que trabaja incansablemente por la donación de médula ósea para tratamientos oncológicos, realizando diferentes actividades, recreativas e integradoras para difundir la importancia de la donación, y solventar tratamientos de pacientes.
Que la instauración del 1º de abril como “Día Nacional del Donante de Médula Ósea” en el calendario, está destinado a crear conciencia, resaltar la relevancia de la donación y trasplante de células progenitoras hematopoyéticas, promoviendo la creación de pautas culturales tendientes a la concientización de la comunidad respecto de la temática. Esta afirmación por parte del Estado, asegura una mayor difusión en el calendario oficial y que los ciudadanos tomen conocimiento de la necesidad y puedan reflexionar sobre la misma.
Que la declaración de ese día de Interés Municipal, ayudaría a difundir la temática aún más en nuestra ciudad, informar a la población y en consecuencia favorecer el aumento del número de donantes, lo que reduciría el tiempo de búsqueda para pacientes que no cuentan con un donante emparentado.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo.1º.- ADHIERASE al “DÍA NACIONAL DEL DONANTE DE MÉDULA ÓSEA”, establecido el 1º de abril, en adhesión a la celebración del aniversario de la puesta en funcionamiento del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas, creado por la Ley Nacional Nº 25.392, y que funciona bajo la órbita del INCUCAI.
Artículo.2º.- DECLÁRASE de Interés Municipal, a la Campaña que realizará la “FUNDACIÓN DONAR EN VIDA GUALEGUAYCHÚ”, cada 1º de abril de los años venideros, a partir de que se sancione esta Ordenanza, con el fin de llevar información, y concientizar a la comunidad sobre la importancia de donar sangre, y registrarse como donante de médula ósea.
Artículo.3º.- PROMUÉVASE acciones de difusión e información sobre la donación de médula ósea a través de diferentes actividades desde el 1º al 7 de abril de los próximos años, denominándola como la “SEMANA DEL DONANTE DE MÉDULA ÓSEA”.
Artículo.4º.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 30 de junio de 2020.
Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.