ORDENANZA Nº 11562/2011.-
EXPTE.Nº 4151/210-H.C.D.
VISTO:
La nota presentada por transportistas escolares de nuestra ciudad, solicitando prórroga cumplimiento requisitos exigidos por Ordenanza Nº 10057/94 - regulatoria del servicio brindado por los transportes escolares – más precisamente a lo que a modelo de vehículo se refiere.
CONSIDERANDO:
Que por medio de las citadas notas, los requirentes, interesan de este Cuerpo, la sanción de una Ordenanza por la cual se prorrogue el cumplimiento de la normativa mencionada anteriormente.
Que es necesario cumplir con determinados requisitos, los cuales se hallan establecidos en la regulación de referencia, con el propósito de desempeñar adecuadamente la tarea relacionada al traslado de alumnos, cualquiera sea el nivel estudiantil a transportar (jardín de infantes, primario y/o secundario)
Que por la difícil situación económica por la que atraviesan la mayoría de los trabajadores dedicados al rubro, se torna prácticamente imposible que los mismos puedan acceder a unidades vehiculares más modernas.
Que a recomendación de la Sociedad Argentina de Pediatría, es menester requerir al Área de Transporte Público dependiente de la Dirección de Tránsito de este Municipio, arbitre las medidas que estime corresponder para extremar los recaudos de la revisión técnica, en lo que hace a la inspección sobre la eventual emanación de gases tóxicos y estado del piso del vehículo - los cuales y al decir de la prestigiosa entidad que nuclea a los más renombrados especialistas en la materia - el mal funcionamiento de los mismos provoca serios trastornos de conducta y físicos en los menores transportados, que es primordial prevenir.-
Que siendo más que atendibles las razones expuestas por los solicitantes, y considerándose el informe favorable emitido por la Oficina de Transporte Público dependiente de la Dirección Municipal de Tránsito, en función de cada uno de los expedientes que fueran a dicha repartición a fin de ser dictaminados, este Cuerpo considera factible acceder a lo solicitado.
ORDENANZA Nº 11562/2011.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- PRORROGUESE hasta el 31 de Diciembre de 2011, la excepción al cumplimiento en la antigüedad mínima de los vehículos afectados al Transporte Escolar- según Ordenanza Nº 10057/94 regulatoria del mismo-, a los titulares que se detallan a continuación:
TITULAR VEHÍCULO |
MARCA |
DOMINIO |
MOD |
ALFONSO GRISELDA |
R.TRAFFIC |
AVD 544 |
1996 |
BARRETTO, RUBÉN |
FIAT. M.BENZ |
VBV 467 |
1987 |
FERNANDEZ,J.DOMINGO |
TRAFIC |
BUL 481 |
1998 |
FERNANDEZ,J.DOMINGO |
TRAFIC |
CZP 249 |
1999 |
ESCUDERO, GRACIELA J |
M. BENZ |
UTE 682 |
1989 |
ROJAS, RODOLFO |
M.BENZ |
VZN 610 |
1987 |
ARREJORIA, CLAUDIO |
M.BENZ |
VIR 559 |
1989 |
CAMPOSTRINI CARLOS |
FIAT DUCATO |
AFC 976 |
1995 |
HORNOS MARIO |
KIA BESTA |
BWM 186 |
1998 |
RACCA, JUAN C |
RENAULT TRAFFIC |
CHS 865 |
1998 |
CALVEYRA SEBASTIAN |
HUNDAY H1 |
CLL 956 |
1998 |
CARRERA NORMA |
F.DUCATTO |
RXJ 198 |
1993 |
RODRIGUEZ MAURICIO |
R.TRAFIC |
BZN 308 |
1998 |
MOUSSOU, NÉSTOR M |
M.BENZ |
TMG -968 |
1985 |
ART.2º.- ESTABLECESE que dicha prórroga se hará efectiva previa revisión técnica efectuada por el área que corresponda de la Dirección Municipal de Tránsito, haciéndose saber a la misma lo recomendado en el considerando pertinente.-
ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 23 de marzo de 2011.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Mariano Rodríguez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.